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Tutela ruling (T)May 8, 2017

T-304 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Aquiles Arrieta Gómez

✓Claimant Jesus Florez Zapata Y Otro·Respondent Unidad Residencial Isla Del Sol Y Otra

✓
Topic · hard data
Derecho A La Libertad De Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Libertad De Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad
  • Implementar alternativas elegidas para remover barreras arquitectónicas que impiden a accionante su libre locomoción
  • Orden a conjunto residencial continuar proceso participativo, el cual deberá conducir a una solución adecuada e integral que garantice la eliminación de obstáculos desproporciona
  • Procedencia de la acción de tutela
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Conjunto residencial construyó e instaló rampa de acceso a edificio
Derecho A La Igualdad
  • Consagración constitucional
Deber De Solidaridad Frente A Personas En Condicion De Discapacidad
  • Particulares tienen el deber de eliminar barreras físicas y arquitectónicas que impidan la accesibilidad de las personas en condición de discapacidad
Personas En Situación De Discapacidad
  • Entorno físico como una forma de integración social
  • Sujetos de especial protección constitucional
9 topics · 13 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En dos acciones de tutela presentadas de manera independiente los actores aducen que los respectivos Conjuntos Residenciales donde viven vulneran sus derechos fundamentales, al negarse a construir rampas que le permitan a las personas en situación de discapacidad acceder a los apartamentos y zonas comunes.

Se concluye que, en virtud del principio de solidaridad, un conjunto residencial vulnera los derechos fundamentales a la igualdad y a la libre locomoción de las personas en situación de incapacidad física o motora que en él residan, al negarse tajantemente a remover las barreras arquitectónicas que les impiden su libre circulación, sin siquiera propiciar espacios de concertación serios en los que se verifique la posibilidad material y jurídica de adecuar la infraestructura para hacerla accesible a todas las personas, o tomar las medidas compensatorias si fuera el caso.

Ello, independientemente de que tales barreras existan desde la construcción y de que los afectados residan allí en calidad de arrendatarios.

Se CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Setenta y Tres Civil Municipal de Bogotá D.C. el veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), por medio de la cual negó el amparo constitucional de los derechos fundamentales invocados por el señor Alfredo Umaña Camargo, para en su lugar DECLARAR la carencia actual del objeto por hecho superado.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia del veintiocho (28) de octubre de dos mil dieciséis (2016) proferida por el Juzgado Veintidós Civil del Circuito de Medellín, Antioquia, que confirmó el fallo del veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) proferido por el Juzgado Vigésimo
  3. Primero. Civil Municipal de Oralidad de la misma ciudad, que concedió el amparo constitucional al derecho fundamental a la igualdad del señor Jesús Flórez Zapata.
  4. Tercero. ADICIONAL a lo dispuesto en la sentencia de tutela confirmada, ORDENAR al Conjunto Residencial Isla del Sol que tome las medidas adecuadas y necesarias para: (i) continuar con el proceso participativo, el cual deberá conducir a una solución adecuada e integral que garantice la eliminación de los obstáculos desproporcionados que le impiden al accionante su libre locomoción; y para (ii) implementar, en el plazo máximo de un año, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, las alternativas elegidas para remover dichas barreras arquitectónicas. En todo caso, el juez de instancia será el encargado de verificar el cumplimiento de las órdenes judiciales impartidas, en los términos de esta sentencia.
  5. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Vigésimo
  6. Primero. Civil Municipal de Oralidad de Medellín, Antioquia, que conoció del proceso de tutela en primera instancia, que en el expediente T-5.930.492 existen documentos importantes a efectos de evaluar el cumplimiento de la orden judicial contenida en la sentencia del veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), para que los considere y evalúe una vez le sea devuelto el expediente en cuestión.
  7. Quinto. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 64cited by 10 →T-304/17SU.540/07 · cited 419 timesSU.540/072007C-371/00 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Ejercicio Del Derecho Fundamental A La Igualdad-Mayor Representación De La Mujer En Los Más Altos Niveles · cited 342 timesC-371/002000C-022/96 — Ley 48/93. Art. 40 Lit. B). Reconocimiento Del 10% De Puntos En El Icfes Para Bachilleres Que Presten El Servicio Militar. Inexequible. · cited 282 timesC-022/961996T-585/10 · cited 279 timesT-585/102010T-288/95 — Der. A La Igualdad. Proteccion De Los Disminuidos Fisicos. Reubicacion En El Estadio Pascual Guerrero. Concedida. · cited 228 timesT-288/951995T-595/02 — Derecho A La Libertad De Locomocion E Igualdad De Discapacitados Fisicos. Accesibilidad Al Servicio De Transporte Publico. Exigibilidad. Pre · cited 209 timesT-595/022002C-410/94 — Ley 100/93. Varios Arts. Requisitos En Materia De Edad Para Tener Derecho A La Pension De Vejez. Exequibles. · cited 170 timesC-410/941994C-293/10 — Control De Constitucionalidad De La Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad · cited 163 timesC-293/102010C-395/21 — Revision Constitucional De La Ley 2055 De 2020. Ley Aprobatoria De Tratado. · cited 51 timesC-395/212021T-124/20 — Accesibilidad Como Componente Esencial Del Derecho A La Educacion De Personas En Situacion De Discapacidad Y Servicio De Transporte Escolar. · cited 25 timesT-124/202020T-455/18 — Libertad De Locomocion Y Accesibilidad A Edificaciones O Instalaciones Abiertas Al Publico De Personas En Situacion De Discapacidad. · cited 9 timesT-455/182018T-257/18 — Libertad De Locomocion Y Accesibilidad Fisica De Personas En Condicion De Discapacidad En Transmilenio. · cited 8 timesT-257/182018C-108/23 — Personas En Condición De Discapacidad. Obligación De La Junta Directiva Del Banco De La República De Emitir Papel Moneda Distinguible Para T · cited 7 timesC-108/232023T-011/22 — Derecho De Accesibilidad Y Libre Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad Visual. Vulneracion Por Falta De Mantenimiento Y Ausenc · cited 7 timesT-011/222022T-621/19 — Derecho A La Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad. · cited 6 timesT-621/192019C-098/22 — Testamento De Persona Invidente. Modalidad, Requisitos Y Procedimiento. · cited 2 timesC-098/222022
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.