T-299 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Clara·Respondent Eps Sura
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Accionada dio respuesta de fondo al derecho de petición, antes de la expedición del fallo de instancia
- Reglas jurisprudenciales en relación con el acompañamiento de auxiliares terapéuticos en el aula de clases
- Ajustes razonables
- Implica que el modelo educativo se adapte a las necesidades del estudiante en situación de discapacidad
- Obligación del Estado de garantizar la prestación del servicio de salud
- Protección constitucional
- Regla de acceso a servicios y tecnologías en salud que se requieren con necesidad, expresamente excluidos del Sistema de Salud (
- Protección constitucional
- Obligación de garantizar acceso a la educación en aulas regulares de estudio
- Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
- Reglas jurisprudenciales para no aplicar la exclusión
- Alcance y contenido
- Protección y prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás
- Todo servicio o medicamento que no esté expresamente excluido, se entiende incluido
- No desplaza a juez de tutela cuando se trata de proteger el acceso efectivo al derecho fundamental a la salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante, actuando en representación de hijo diagnosticado con trastorno del espectro por autismo atípico (TEA) y déficit de atención e hiperactividad, considera que las entidades demandadas vulneraron derechos fundamentales al negar y/o no dar respuesta a la solicitud de acompañamiento de un terapeuta sombra dirigido a apoyar el proceso de formación académico y a modular el comportamiento del joven.
Se reiteraron las reglas jurisprudenciales relativas al derecho a la salud de los niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad y se abordó temática relacionada con: 1º.
Los servicios y tecnologías de salud excluidos del PBS y, 2º.
El derecho a la educación inclusiva.
Teniendo en cuenta que se constató que la petición formulada por la actora obtuvo respuesta antes de que se profiera el fallo de primera instancia, se declaró la carencia actual de objeto por hecho superado.
Respecto a los otros derechos invocados, esto es, educación y salud, la Corte confirmó las decisiones de instancia que denegaron el amparo, en tanto encontró que las accionadas no vulneraron estas garantías.
Se conmina a la tutelante para que acompañe a su hijo en la continuidad del tratamiento que prescriban los profesionales de la salud tratantes.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. Por las razones expuestas en esta providencia, CONFIRMAR PARCIALMENTE las sentencias proferidas el 15 de noviembre y el 15 de diciembre de 2022, respectivamente, mediante las cuales los Juzgados 3° Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá y 4° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de la misma ciudad, declararon la carencia actual de objeto por hecho superado frente a la vulneración del derecho de petición por parte de la Secretaria de Educación de Bogotá.
- Segundo. NEGAR por las razones expuestas en esta providencia, el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la educación de Pedro, quien actuó representado por la señora Clara, en contra de la EPS Sura, la Secretaría de Educación de Bogotá y el Colegio I.E.D.
- Tercero. CONMINAR a la accionante para que acompañe a su hijo en la continuidad del tratamiento que prescriban los profesionales de la salud tratantes.
- Cuarto. DESVINCULAR de este proceso de tutela al Instituto Roosevelt, por las razones invocadas en esta providencia.
- Quinto. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.