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Tutela ruling (T)May 12, 2015

T-279 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Hernando Timoteo Leyva Y Otros·Respondent Municipio De Villavicencio Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Vivienda Digna
  • Protección constitucional
Derecho A La Vivienda Digna De Victimas De Desplazamiento Forzado
  • Precedente constitucional
  • Fundamental autónomo
  • Orden a autoridades incluir a los accionantes dentro del plan de acción interinstitucional que ordenó la sentencia T-886 de 2014, para concluir construcción de vivienda y para legalizar y a
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vivienda digna.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los accionantes aducen ser personas en situación de desplazamiento forzado que aplicaron a diferentes subsidios de vivienda y que resultaron beneficiarios del proyecto de vivienda denominado Ciudadela San Antonio de la ciudad de Villavicencio.

En los contratos que suscribieron se pactó la duración de la construcción en 120 días calendario contados a partir del inicio de las obras y a pesar de ello, ocho años después, las viviendas no han sido entregadas y en la mayoría de los casos, tampoco se ha concluido su construcción.

En virtud de lo anterior es que solicitan al juez constitucional ordenar a las entidades accionadas entregar estos inmuebles de manera inmediata.

Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con procedibilidad de la acción de tutela en materia de derecho fundamental a la vivienda digna y la protección constitucional de este derecho cuando está en cabeza de la población en situación de desplazamiento.

Así mismo, se analiza el precedente de la Corporación en relación con la problemática del proyecto de vivienda Ciudadela San Antonio.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce del derecho tutelado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (18 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en este proceso por la Sala Novena de Revision.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el veintidos de (22) de febrero de dos mil doce (2012) por el Juzgado
  3. Sexto. (6deg) Administrativo del Circuito Judicial de Villavicencio que declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Hernando Timoteo Leiva (Expediente T-3.428.844) y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la vivienda digna del actor.
  4. Tercero. REVOCAR la sentencia proferida el seis (6) de marzo de dos mil doce (2012) por Juzgado
  5. Cuarto. (4deg) Administrativo Oral del Circuito Judicial de Villavicencio que declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Jose Reinaldo Ramirez Perez (Expediente T-3.450.920) y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la vivienda digna del accionante.
  6. Cuarto. REVOCAR la sentencia de segunda (2a) instancia proferida el nueve (9) de marzo de dos mil doce (2012) por Juzgado
  7. Primero. (1deg) Penal del Circuito del Circuito Judicial de Villavicencio que confirmo la sentencia de primera (1a) instancia del dos (2) de febrero de dos mil doce (2012) proferida por Juzgado
  8. Segundo. (2deg) Penal Municipal de Villavicencio que nego la tutela instaurada por Katy Maria Morales (Expediente T-3.455.619) y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la vivienda digna de la demandante.
  9. Quinto. REVOCAR la sentencia proferida el cinco (5) de marzo de dos mil doce (2012) por Juzgado
  10. Sexto. (6deg) Civil municipal de Villavicencio que concedio el amparo del derecho de peticion pero nego el del derecho fundamental a la vivienda digna del ciudadano Juan Carlos Aristizabal Ocampo (Expediente T-3.461.055) y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la vivienda digna del actor.
  11. Sexto. ORDENAR a Fonvivienda, a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion a las Victimas, a la Gobernacion del Meta, a la Alcaldia de Villavicencio, a Villavivienda E.I.C.E.- que incluyan a los ciudadanos Hernando Timoteo Leyva, Jose Reinaldo Ramirez Perez, Katy Maria Morales y Juan Carlos Aristizabal Ocampo, y a las familias de cada uno de estos, dentro del plan de accion interinstitucional que ordeno la sentencia T-886 de 2014, para que se concluya, la construccion de la vivienda de los tres primeros (expedientes T-3.428.844 Hernando Timoteo Leiva, T-3.450.920 Jose Reinaldo Ramirez Perez y T-3.455.619 Katy Maria Morales), y el tramite de legalizacion y adecuacion de la entrega de la vivienda del ultimo (T-3.461.055 Juan Carlos Aristizabal Ocampo), todo ello dentro del plazo otorgado por la sentencia T-886 de 2014.
  12. Septimo. ORDENAR al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio que dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia cree un equipo de trabajo especial para el monitoreo, seguimiento y ejecucion de las acciones ordenadas en la sentencia T-886 de 2014. Para el efecto, debera adecuar sus acciones a los parametros establecidos en la sentencia T-886 de 2014, y rendir informes periodicos de las acciones realizadas tanto a esta Sala de Revision, como a la Sala Primera de Revision de la Corte Constitucional.
  13. Octavo. Atraves de la Secretaria General, REMITIR copia de la presente providencia a la Contraloria General de la Republica, la Procuraduria General de la Nacion y a la Fiscalia General de la Nacion para que, en ejercicio de sus competencias investiguen y, si es del caso, sancionen las posibles faltas en que pudieron incurrir las entidades y funcionarios que incumplieron sus obligaciones legales en relacion con el proyecto de vivienda Ciudadela San Antonio.
  14. Noveno. CONFIRMAR la sentencia proferida el siete (7) de mayo de dos mil catorce (2014) por el Juzgado
  15. Octavo. (8deg) Civil Municipal de Villavicencio, dentro del proceso de accion de tutela promovido por Yadira Quejada Quejada (expediente T-4.560.012), por las razones expuestas en esta sentencia.
  16. Decimo. ORDENAR a la Alcaldia de Villavicencio que dentro del termino de 48 horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, informe a la ciudadana Yadira Quejada Quejada sobre todas y cada uno de los programas y beneficios que ofrece el municipio para atenderla como victima del desplazamiento forzado.
  17. Duodecimo. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion Integral a la Victimas que dentro de las 48 horas siguientes a la comunicacion de esta sentencia, revise el caso de la senora Yadira Quejada Quejada para determinar si es acreedora de las diferentes modalidades de ayuda humanitaria previstas en el Decreto 4800 de 2011. Si es del caso, informara inmediatamente a la accionante sobre los tramites que debe agotar para acceder inmediatamente a los componentes de ayuda humanitaria correspondientes.
  18. Trigesimo: DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 72cited by 5 →T-279/15C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004C-774/01 — Libertad Provisional. Transcurso De Término A Partir De Ejecutoria De Resolución De Acusación · cited 680 timesC-774/012001T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006T-881/02 — Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Rac · cited 495 timesT-881/022002T-859/03 — Derecho A La Salud. Solicitud Intervencion Quirurgica Por Problemas De Estabilidad En Rodillas Con Suministro De Injertos No Incluida En El · cited 412 timesT-859/032003T-035/17 — Vivienda De Interes Social. Negativa De Entidad Financiera De Aprobar Credito A Personas Que No Cuentan Con Historia Crediticia Vulnera Dere · cited 9 timesT-035/172017T-544/16 — Derecho A La Vivienda Digna De Grupos Vulnerables Frente A Orden De Desalojo. · cited 6 timesT-544/162016T-205/21 — Derecho A La Ayuda Humanitaria De Victimas De Desplazamiento Forzado Interno · cited 3 timesT-205/212021T-399/22 — Accesibilidad En El Derecho A La Vivienda Digna De Personas En Situación De Discapacidad-Reiteración De Jurisprudencia Sobre Eliminación De · cited 1 timesT-399/222022T-268/24 — Derecho A La Vivienda Digna En Su Faceta De Habitabilidad-Obligaciones De Los Particulares Y Las Autoridades Locales Ante Riesgo Inminente DT-268/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.