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Tutela ruling (T)June 18, 2013

T-349 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Yinna Paola Hernandez Quintero·Respondent Fonvivienda

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De La Poblacion Desplazada
  • Procede por ser sujetos de especial protección dada la condición particular de desamparo, vulnerabilidad e indefensión en que se encuentran
  • Procedencia
Derecho A La Vivienda Digna
  • Seguridad de la tenencia
Fondo Nacional De Vivienda Fonvivienda
  • Regla general sobre el respeto de los turnos en la asignación de subsidios de vivienda para población desplazada
  • Asignación de turnos para la entrega de recursos para vivienda familiar de interés social
Derecho A La Vivienda Digna De Poblacion Desplazada
  • Marco constitucional y legal
  • Orden a Fonvivienda de definir la fecha precisa de desembolso del subsidio familiar de vivienda de interés social a madre cabeza de familia
Temeridad
  • Inexistencia para el caso por no existir prueba de la actuación temeraria
Accion De Tutela Temeraria
  • Requisitos para que se configure
6 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante es madre cabeza de familia y además es víctima del desplazamiento forzado derivado del conflicto interno que se vive en el país.

Se interpone la acción de tutela en contra de FONVIVIENDA, por el hecho de no hacer efectivo el subsidio de vivienda para la población desplazada a favor de la actora, a pesar de haber sido calificada como apta en el año 2007.

Pretende la demandante que en un término prudente se le asigne el respectivo subsidio y que se le defina un plan de vivienda para su caso, a través del cual pueda hacer efectivo el mismo.

La Sala se pronuncia sobre los siguientes temas: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para garantizar la protección de los derechos fundamentales a las personas víctimas del desplazamiento forzado. 2º.

La especial condición de vulnerabilidad de estas personas y el derecho a la vivienda digna que les asiste. 3º.

El goce efectivo del derecho mediante la asignación y entrega de subsidios de vivienda y. 4º.

La alteración excepcional de los turnos para obtener la entrega efectiva del referido auxilio.

Se CONCEDE la protección invocada y se ordena a FONVIVIEND que, teniendo en cuenta el grado de vulnerabilidad en que se encuentra la actora y su núcleo familiar, fije una fecha cierta y razonable en la cual procederá a hacer la entrega del subsidio familiar de vivienda de interés social del cual es beneficiaria.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 2deg Civil del Circuito de Neiva el 30 de noviembre de 2012, que resolvio la accion de tutela que instauro Yinna Paola Hernandez Quintero contra el Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda-. En su lugar, CONCEDER la proteccion constitucional del derecho fundamental a la vivienda digna que le asiste a la actora, en su condicion de victimas de desplazamiento forzado.
  2. Segundo. ORDENAR al representante legal de Fonvivienda, o a quien haga sus veces, que dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a fijar una fecha cierta y razonable en la cual hara entrega efectiva del subsidio familiar de vivienda de interes social del cual es beneficiaria Yinna Paola Hernandez Quintero. Para tal fin debera tener en cuenta el alto grado de vulnerabilidad en que se encuentra la actora y su nucleo familiar.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaria General de la Corte se remita el expediente al Juzgado 2deg Civil del Circuito de Neiva, quien se encargara de vigilar el cumplimiento de la sentencia.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentLuis Ernesto Vargas Silva
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.