JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 4, 2006

T-271 de 2006

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández

✓Claimant Maria Del Carmen Munera De La Pava En Calidad De Agente Oficioso Vs Compañía Suramericana De Seguros De Vida S.A.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Legitimación del agente oficioso
Compañia De Seguros
  • Examen médico al momento de suscribirse convenio para determinar preexistencias
  • No puede deducir a posteriori una preexistencia
  • No realizó examen médico al momento de celebrarse el convenio para determinar preexistencia
Contrato De Seguros
  • Corresponde en la práctica a contrato de adhesión
  • Posición dominante de la compañía aseguradora elude la responsabilidad contractual
Derecho A La Salud Del Enfermo De Sida
  • Protección por la compañía de seguros a la que está afiliado
Preexistencias Medicas
  • Deben determinarse taxativamente al suscribirse el contrato
5 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida la integridad personal y a la vida en condiciones dignas de asegurado beneficiario de seguro de vida en el que se incluyo el riesgo de vih con amparo anual de gastos mediante poliza de seguro familiar de salud de la compañía de seguros resultando el asegurado con diagnostico de vih criptococosis (hongos en el pulmon) y tuberculosis pero ante la solicitud de consulta y tratamiento no le fue autorizado aduciendo la exclusion del amparo por preexistencia.

Solicita se ordene a la compañía de seguros asumir la cuenta del tratamiento y las relacionadas con los tratamientos futuros de las enfermedades que padece.

Legitimidad del agente oficioso.

Las preexistencias en salud deben determinarse en forma taxativa al suscribirse el respectivo contrato.

Necesidad de practicar examenes medicos previos para poder establecerlas.

La oposicion de preexistencias que no se consignaron de manera explicita en el contrato de seguros de salud para negar el cubrimiento del riesgo reclamado es conducta donde hay ejercicio de posicion dominante con la que la compañía de seguros elude la responsabilidad contractual.

Concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. administrando justicia en nombre del pueblo y por autoridad de la Constitución
  2. R E SU E L V E :
  3. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  4. Sexto. Civil del Circuito de Cali el 11 de octubre de 2005, por medio de la cual se revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Juez Trece Civil Municipal de la misma ciudad, en el trámite de la acción de tutela instaurada por Maria del Carmen Múnera de la Pava, en calidad de agente oficioso del señor Rodrigo Fernando Múnera de la Pava, en contra de La Compañía Suramericana de Seguros de Vida S.A., por las razones expuestas en la parte motiva. En su lugar TUTELAR el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida, integridad personal y a la vida en condiciones dignas del agenciado, Rodrigo Fernando Múnera de la Pava, en las condiciones expresadas en el presente fallo.
  5. SEGUNDO. ORDENAR a La Compañía Suramericana de Seguros de Vida S.A. que proceda a aplicar y ejecutar los términos del contrato de salud suscrito con Maria del Carmen Múnera de la Pava, donde es asegurado el agenciado, sin que pueda oponer para ello preexistencias que no hubieren sido expresamente y por escrito determinadas al momento de su suscripción.
  6. TERCERO. Por Secretaría líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.