T-269 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Union Temporal Desarrollo Vial Del Valle Del Cauca Y Cauca·Respondent Tribunal Contencioso Administrativo Del Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Terceros intervinientes no están facultados para solicitar la protección de sus propios derechos
- El juez debe valerse de otros medios probatorios, apreciando razonablemente el conjunto
- Requisitos formales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Decisión no incurrió en defecto fáctico por cuanto realizó una acertada valoración probatoria en proceso de reparación directa contra Unión Temporal Desarrollo Vial
- El juez está obligado a valorar el dictamen pericial como prueba pero sus resultados no son obligatorios
- Intervención como coadyuvantes o como partes
- Alcance del artículo 13 del Decreto 2591/91
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
La acción de tutela se interpone en contra de la decisión proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca, mediante la cual se revocó un fallo de primera instancia proferido dentro de una acción de reparación directa y en su lugar se declaró responsable a INVIAS por los daños ocasionados a la demandante en dicho proceso y se condenó a la Unión Temporal Desarrollo Vial del Valle del Cauca y Cauca, ahora accionante, a restituir a INVIAS el dinero por concepto de pago de perjuicios morales y materiales que no hubieran sido cubiertos por la aseguradora condenada en el mismo asunto.
Se alega en la acción de tutela que la providencia atacada incurrió en defecto fáctico por valorar inadecuadamente el dictamen pericial, al restarle valor a las fotografías y a los testimonios en que se fundó y, por omitir la valoración de una prueba determinante para descartar la negligencia de la unión temporal accionante.
Así mismo se alega un defecto por el desconocimiento del precedente del Consejo de Estado, en cuanto a los elementos que deben demostrarse para declarar la responsabilidad del Estado por falla del servicio.
La Sala concluye que las pretensiones de la acción de tutela promovida por la accionante no deben prosperar, en la medida en que no se demostró la existencia de los defectos alegados y que la actuación del tribunal acusado se ajustó a los límites propios de la autonomía judicial y la vigencia de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON el amparo deprecado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del 23 de junio de 2011 proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, y la sentencia del 30 de marzo de 2011 de la Subsección B Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que negaron el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad invocados por la Unión Temporal Desarrollo Vial del Valle del Cauca y Cauca.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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