T-224 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Carolina Deik Acostamadiedo·Respondent Coomeva E.P.S Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Procedencia de tutela cuando afecta mínimo vital del trabajador y su familia
- Orden a EPS reconocer y pagar incapacidades médicas
- Orden a EPS de reconocer y pagar licencia de maternidad a la accionante, por haber cotizado ininterrumpidamente como independiente
- Con el no pago pueden verse afectados derechos fundamentales como la salud, la vida en condiciones dignas, el mínimo vital del trabajador y su núcleo familiar
- Política pública de protección a la familia
- Protección internacional y constitucional a mujer gestante y recién nacido
- Naturaleza y finalidad
- Requisitos para el reconocimiento y pago
- Vulneración por EPS al negar pago de la licencia de maternidad e incapacidades médicas
- No puede idear requisitos diferentes al pago de aportes para incumplir pago de licencia de maternidad
- Pago por EPS de los primeros 180 días
- Sustituye al salario como fuente de ingreso de trabajador
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora adujo que la E.P.S. accionada vulneró sus derechos fundamentales, al negarle el pago de varias incapacidades y de la licencia de maternidad.
La entidad no autorizó dicho pago debido a que la clínica que la atendió y le expidió las licencias era una IPS ajena a su red de prestadores.
Se analiza temática relacionada con: 1º.
Las incapacidades laborales como sustituto del salario. 2º.
La finalidad de la licencia de maternidad y los requisitos legales para su reconocimiento y, 3º.
La precitada licencia en el derecho comparado.
Se CONCEDE la protección invocada y se ordena a la E.P.S. accionada pagar a la accionante las incapacidades médicas y la licencia de maternidad reclamadas.
La Corte ordenó compulsar copias del expediente y de la presente sentencia a la a Superintendencia Nacional de Salud, para que, dentro del ámbito de sus competencias legales de inspección, vigilancia y control, realice la correspondiente indagación administrativa en contra de Coomeva EPS, con ocasión del impago de la licencia de maternidad a la tutelante.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia de segunda instancia dictada por el Juzgado
- Octavo. Civil del Circuito de Bogotá el 4 de mayo de 2020. En su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales al mínimo vital, a la vida digna, a la seguridad social y al debido proceso de la señora Carolina Deik Acostamadiedo.
- Segundo. ORDENAR a Coomeva EPS que, en el término de 48 horas contado a partir de la notificación de esta providencia, pague a la señora Carolina Deik Acostamadiedo: i) las incapacidades médicas correspondientes a los días o periodos: 12 al 13 de agosto de 2019, 9 al 12 de septiembre de 2019, 12 de septiembre de 2019, 13 al 22 de septiembre de 2019 y 24 al 30 de septiembre de 2019; y ii) la totalidad de la licencia de maternidad. Lo anterior, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. ORDENAR la compulsa de copias del expediente y de la presente sentencia a la Superintendencia Nacional de Salud, para que, dentro del ámbito de sus competencias legales de inspección, vigilancia y control, realice la correspondiente indagación administrativa en contra de Coomeva EPS, con ocasión del impago de la licencia de maternidad de la señora Carolina Deik Acostamadiedo.
- Cuarto. Por Secretaría General tramítese la compulsa de copias y líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.