T-218 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alexei Egor Julio Estrada
✓Claimant Xiomara Alicia Guzman Menia Como Agente Oficiosa De Su Nieta Bianka Boncanegra Badillo·Respondent Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Elementos normativos
- Vulneración por exclusión del sistema de salud de menores afiliados como beneficiarios de sus abuelos
- Fundamental
- Abuela en representación de menor
- Orden para afiliación de nieta como cotizante dependiente de la accionante afiliada al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, sin exigirle pago adicional
- Régimen de beneficiarios de servicios de salud incluye la figura de cotizante dependiente
- Consagración constitucional e internacional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este asunto se aduce que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, la Fiduciaria la Previsora y la E.P.S.
Unión Temporal del Norte, vulneraron derechos fundamentales de una menor de tres años de edad al negarse a inscribirla en el subsistema de salud del mencionado Fondo, como beneficiaria de su abuela, aduciendo que no hace parte del grupo familiar que se permite afiliar como beneficiarios.
La accionante tiene la custodia y cuidado personal de su nieta, en virtud del acta de conciliación que suscribió con su hija ante el I.C.B.F, la que se realizó exclusivamente por razones de capacidad económica.
Se solicita en la acción de tutela que se afilie a la niña como beneficiaria de la abuela y que se exima a ésta de pagar la UPC adicional, toda que en el momento no puede asumir este costo porque está siendo sometida a un tratamiento médico para el cáncer de seno y esto le demanda asumir gastos adicionales.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con: 1º.
La agencia oficiosa en la acción de tutela. 2º.
El régimen de Seguridad Social en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 3º.
El interés superior del menor y la especial protección del derecho fundamental a la salud de los niños y las niñas y, 4º.
El deber de las autoridades públicas y privadas de valorar el interés superior del menor al aplicar las normas que regulan la prestación de los servicios de salud y la exclusión del sistema de los menores afiliados como beneficiarios de sus abuelos.
Se CONCEDE la garantía de los derechos a la salud y a la seguridad social de la menor representada y se ordena las accionadas que afilien a la menor en calidad de cotizante dependiente de la accionante, sin exigirle para el efecto el pago de ninguna prestación de tipo económico, hasta tanto la niña no sea afiliada, como beneficiaria o cotizante a algunos de los regímenes de seguridad social en salud.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la decisión proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, y en su lugar CONCEDER la garantía del derecho a la salud y seguridad social de la menor BIANKA BOCANEGRA BADILLO.
- Segundo. ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, a la Fiduciaria LA PREVISORA S.A., y a la la EPS Unión Temporal del Norte en Santa Marta que, en lo que les corresponda según sus competencias, afilien a la menor BIANKA BOCANEGRA BADILLO en calidad de cotizante dependiente de la Sra. Xiomara Alicia Guzmán Mejía, sin exigirle para el efecto el pago de ninguna prestación de tipo económico, hasta tanto la menor no sea afiliada, como beneficiaria o cotizante, a alguno de los regímenes de seguridad social en salud.
- Tercero. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.