T-215 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Jairo Nel Rodriguez Vargas Y Otro·Respondent Icc Transportes Y Montajes Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto no existe nexo de causalidad entre la finalización del vínculo laboral y enfermedad que padece el accionante, además no es un sujeto de especial protección constitucio
- Caso en que se debió conceder el amparo por cuanto al accionante se le dificultaba sustancialmente el desempeño de sus labores en las condiciones
- Reglas jurisprudenciales
- No debe hacerse diferenciación en cuanto a la protección del derecho entre una y otra condición
- Subreglas jurisprudenciales relacionadas con el alcance de la protección constitucional
- Caso de trabajadores que fueron despedidos por sus empleadores después de reiteradas incapacidades médicas
- Concepto
- La jurisprudencia ha extendido el beneficio no solo de los trabajadores en condición de discapacidad calificados como tales, sino de aquellos que sufre
- Orden a empresa reintegrar a trabajador, en un cargo con funciones compatibles con su estado de salud
- Carece de todo efecto despido o terminación de contrato sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo
- Requisitos de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En dos acciones de tutela presentadas de manera individual coinciden los actores en alegar la vulneración de sus derechos fundamentales, como consecuencia de haber sido despedidos por sus empleadores, de manera unilateral, sin justa causa y sin mediar autorización del Ministerio de Trabajo, después de reiteradas incapacidades médicas.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la estabilidad laboral reforzada y se analiza cada caso en concreto.
En un asunto se declara la tutela improcedente y en el otro se concede la protección invocada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. Expediente T-4138181 REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Yopal, Casanare, el treinta (30) de agosto de dos mil trece (2013), mediante el cual se nego el amparo de los derechos fundamentales del accionante y, en su lugar, CONFIRMAR la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Yopal, Casanare, del veintitres (23) de julio de dos mil trece (2013), mediante la cual se tutelaron los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada y a la vida digna del senor Jairo Nel Rodriguez Vargas, CONCEDIENDOLE la proteccion de su derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada.
- SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la empresa ICC Transportes & Montajes que dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a reintegrar al senor Jairo Nel Rodriguez Vargas, en un cargo con funciones compatibles con su estado de salud y acorde con las recomendaciones realizadas por el Area de Riesgos Profesionales de SaludCoop E.P.S.
- TERCERO. ORDENAR a la empresa ICC Transportes & Montajes que dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de la presente decision, le cancele al senor Jairo Nel Rodriguez Vargas todos los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia; le cotice los aportes al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) desde el momento en que fue desvinculado de sus labores hasta la fecha de esta providencia. De estas sumas podra descontar la indemnizacion por despido injusto.
- CUARTO. Expediente T-4138182 REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Yopal, Casanare, el cinco (05) de agosto de dos mil trece (2013), que a su vez confirmo la sentencia dictada por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes con funcion de Control de Garantias de Yopal, Casanare, el treinta (30) de julio de dos mil trece (2013), la cual nego el amparo de los derechos fundamentales invocados. En su lugar, declarar improcedente la accion de tutela instaurada por el ciudadano Guillermo Zarate Delgado.
- QUINTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.