T-203 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Oliva De Jesus Rubiano Mancipe
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Presupuestos
- Procedencia excepcional
- Clasificación de labor distinta a la que realidad impone
- Función de transmisorista
- Jornada laboral de veinticuatro horas al día sin descanso y permisos para citas médicas
- Turnos para prestación de función de transmisorista
- Jornada laboral de veinticuatro horas al día
- Atribución completa de responsabilidad de estación de transmisión que fue compartida durante dieciocho años
- Necesidad de por lo menos dos turnos en estación radial para función de transmisorista
- Modificación unilateral que afectó derechos fundamentales
- Disponibilidad de personal las veinticuatro horas del día
- Restablecimiento de condiciones de trabajo
- Finalidad
- Presentación por modificación unilateral de jornada de trabajador
- Exclusión de los que ejerciten actividades discontínuas o intermitentes y los de simple vigilancia cuando residen en el lugar o sitio de trabajo
- Exclusiones
- Alcance
- Modalidad diferente a la clasificación de trabajo realizada
- Alcance
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. CONFIRMAR el Numeral
- Primero. de la parte resolutiva de la Sentencia del Juzgado
- Décimo. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá, proferida el 2 de agosto de 1999, a través del cual tuteló los derechos al trabajo en condiciones dignas y justas, a la igualdad, a la salud, a la recreación y al libre desarrollo de la personalidad de OLIVA DE JESUS RUBIANO MANCIPE, quien interpuso la acción contra su empleadora, la empresa CARACOL S.A.; así mismo, REVOCAR el Numeral
- Segundo. de dicha providencia, advirtiendo que la empresa podrá establecer el número de turnos que considere convenientes, o implementar cualquier otro esquema de trabajo, siempre y cuando le garantice a la demandante los períodos de descanso a que tiene derecho y los permisos remunerados para atender las citas y tratamientos médicos que requiera.
- Segundo. REVOCAR el fallo proferido el 14 de septiembre de 1999 por la Sala Laboral del tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, que revocó la decisión del Juzgado
- Décimo. Laboral del Circuito de la misma ciudad.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.