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Tutela ruling (T)March 26, 2014

T-181 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Empresa De Telecomunicaciones De Bogota S.A. E.S.P.·Respondent Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Seccion Primera, Subseccion A

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Concejo Municipal
  • Está facultado constitucional y legalmente para el ejercicio del control político de las empresas de servicios públicos mixtas
  • Control político
Reserva De Documentos
  • Contenido normativo
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por vulneración al debido proceso por configurarse un defecto sustantivo al aplicarse una norma a la que se le reconocen unos efectos distintos a los expresamente señalados por el legislador
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Derecho De Acceso A Documentos Privados
  • La regla general es la reserva
Derecho De Acceso A Documentos Publicos
  • Publicidad como regla general y reserva como excepción
9 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

La Concejala del Distrito Capital María Victoria Vargas Silva, solicitó a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A E.S.P.

(ETB), copia de algunas actas de la Junta Directiva y de la Asamblea General de Accionistas de la entidad, así como de algunas grabaciones de video de esas sesiones, con el argumento de requerir dicha información para adelantar funciones de control político.

Ante la negativa de la ETB y la presentación del recurso de insistencia por parte de la concejala, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de única instancia resolvió el recurso, declarando mal negado por la entidad, la solicitud impetrada por la edil y, como consecuencia de ello, ordenó la entrega de los documentos, advirtiendo a la peticionaria que le correspondía guardarlos con total cautela y usarlos sólo para los fines expuestos en el fallo, porque de lo contrario, estaría extralimitándose en sus funciones.

La E.T.B. instauró la acción de tutela en contra de la precitada decisión judicial, alegando la configuración de un defecto material o sustantivo por interpretación, porque en dicho fallo se estableció que el artículo 61 del Código de Comercio habilita levantar reserva legal para documentos privados, para efectos de realizar un control político, a una empresa que presta un servicio público.

Se reitera jurisprudencia relacionada con las causales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se caracteriza el defecto sustantivo, se establece la naturaleza jurídica y el régimen jurídico aplicable a la empresa accionante, se estudia el marco de regulación de la reserva de los documentos de las empresas de servicios públicos mixtas y, se define la función de control político de los Concejos Municipales o Distritales.

La Sala concluye, que la autoridad judicial accionada vulneró el derecho fundamental al debido proceso, por cuanto, a pesar de aplicar una norma pertinente para definir la reserva de las actas solicitadas, le reconoció a la misma efectos diferentes a los previstos expresamente por el legislador, en tanto, derivó de los supuestos de la norma, sin que así lo estableciera, la posibilidad de levantar la reserva sobre las catas solicitadas, cuando se tratara del ejercicio de la función del control político del Concejo Distrital.

SE CONCEDE. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia del Consejo de Estado -Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Primera-, del 18 de julio de 2013, que confirmo la sentencia de primera instancia del Consejo de Estado -Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Quinta- del 18 de abril de 2013, mediante la cual se declaro improcedente la solicitud de tutela, para en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogota S.A. E.S.P. -ETB S.A. E.S.P.-
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia de unica instancia del 13 de diciembre de 2012 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion primera, Subseccion A, y el auto de aclaracion del 14 de febrero de 2013, proferido por la misma Corporacion,
  3. Tercero. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion primera, Subseccion A, que profiera una nueva sentencia que reemplace la del 13 de diciembre de 2012, atendiendo los lineamientos expuestos en esta providencia.
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 23cited by 8 →T-181/14SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-1031/01 — Debido Proceso. Solicitud Beneficios Por Colaborar Con La Justicia En Relacion A Actividades De Las Autodefensas En El Magdalena Medio. Exim · cited 734 timesT-1031/012001T-114/02 — Derecho Al Debido Proceso. Solicitud Nulidad. Incidente Regulacion De Perjuicios. Defecto Sustantivo Por Interpretacion Indebida E Inaplicac · cited 391 timesT-114/022002SU.640/98 — Debido Proceso. Via De Hecho. Periodo De Alcaldes Y Gobernadores. Suspension De Resolucion En Que Se Extendia El Periodo Del Alcalde De Fres · cited 382 timesSU.640/981998T-743/08 · cited 233 timesT-743/082008C-818/11 — Derecho De Peticion. Regulación Requiere De La Expedición De Una Ley Estatutaria, En Virtud De Lo Dispuesto En El Literal A) Del Artículo 15 · cited 174 timesC-818/112011SU.041/18 — Debido Proceso De Las Personas Juridicas. · cited 61 timesSU.041/182018C-018/18 — Estatuto De La Oposicion Politica. Marco General Para El Ejercicio Y La Protección Del Derecho A La Oposición De Las Agrupaciones Políticas. · cited 50 timesC-018/182018T-695/17 — Derechos Al Buen Nombre, Honra Y A La Intimidad. Proteccion Constitucional. · cited 37 timesT-695/172017T-198/15 · cited 13 timesT-198/152015T-293/18 — Derecho A La Libertad De Expresion E Informacion En El Marco Del Control Politico De Concejal. · cited 9 timesT-293/182018T-594/17 — Libertad De Informacion Y Reserva De Fuentes Periodisticas. · cited 6 timesT-594/172017T-333/15 — Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad. Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. · cited 3 timesT-333/152015A. 137/22 — Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Existe Pronunciamiento Por Parte De La Jurisdicción A. 137/222022
constitutional review unification tutela

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