T-172 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Mimi·Respondent Sanitas E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexequibilidad de la expresión “menor de siete (7) años de edad” en sentencia C-543/10
- Requisitos de procedencia
- Protección se extiende a mayores de 7 años
- Requiere más tiempo de integración y adaptación que en las adopciones tradicionales
- Protección constitucional especial durante y en la época posterior al parto, así como de las personas adoptantes y de los adoptados
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Igualdad, dignidad, protección especial de la maternidad y la niñez.
Luego de realizar los trámites respectivos ante el I.C.B.F., a la accionante le fue entregada en adopción una menor de 11 años de edad.
La demandante radicó solicitud ante su E.P.S. para el reconocimiento de la licencia de maternidad, pero la misma fue negada bajo el argumento de que dicha prestación solo se hace extensiva a la madre adoptante de menor de siete años.
La actora considera que la edad no puede ser un criterio válido para limitar el derecho de la menor al disfrute de una etapa de reconocimiento y consolidación de la relación de adopción con su madre, ni tampoco, para excluir a las madres trabajadoras adoptantes de mayores de 7 años.
En sede de revisión se aborda el caso a través del análisis de jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela para reclamar el reconocimiento de licencias de maternidad o paternidad y la protección constitucional especial de la mujer en estado de embarazo, durante y en la época posterior al parto, así como de las personas adoptantes y de los adoptados.
Así mismo, se estudia lo dispuesto en la sentencia C-543/10, frente a la declaratoria de inconstitucionalidad de la edad como criterio restrictivo para que a los adoptantes de infantes y adolescentes mayores de 7 años, se les reconozca y pague la licencia de maternidad o paternidad.
Se CONCEDE y se ordena que la E.P.S. proceda a reconocer y pagar en su totalidad, la licencia de maternidad de la accionante, con fundamento en el monto que servía de base de cotización al momento de la entrega formal de la niña, por parte del I.C.B.F.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido en el proceso de la referencia por el Juzgado 14 Penal del Circuito de Bogota. En su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, a la dignidad, a la proteccion especial de la maternidad y la ninez de la senora Mimi y de la nina Lennon entregada formalmente en adopcion.
- SEGUNDO. ORDENAR a Sanitas EPS que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a reconocer y pagar en su totalidad, la licencia de maternidad de la senora Mimi, con fundamento en el monto que servia de base de cotizacion al momento de la entrega formal de la nina por parte del ICBF.
- LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.