T-172 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Gloria Pinto Pacheco Vs. Cajanal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Irrevocabilidad como regla general
- No puede ser desconocido unilateralmente por la autoridad pública
- Eventos en que procede sin consentimiento expreso del particular
- Deber de notificación
- Improcedencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida la igualdad la salud y la seguridad social de persona a quien le fue reconocida una sustitucion pensional y posteriormente le fue revocado el acto que le reconocio el derecho por considerarse que el reconocimiento fue obtenido mediante mecanismos fraudulentos.
Solicita se ordene a cajanal el pago de la pension de sobrevivientes desde el momento de su causación.
El apoderado de la accionante mediante escrito manifesto que desistia de la tutela por el reconocimiento que habia efectuado la entidad.
Improcedencia del desestimiento en sede de revisión.
Facultad de revocar directamente actos administrativos de carácter particular.
Procedencia de la accion de tutela cuando las autoridades publicas se extralimitan en el ejercicio de dicha potestad.
Carencia actual de objeto.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension del termino del tramite de revision decretada en el auto del 15 de septiembre de 2004.
- SEGUNDO. DECLARAR improcedente el desistimiento de la accion de tutela presentada el pasado 7 de febrero por el apoderado de la senora Gloria Pinto Pacheco.
- TERCERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota el 6 de mayo de 2004, dentro de la accion de tutela incoada por la senora Gloria Pinto Pacheco contra la Caja Nacional de Prevision Social (CAJANAL - PENSIONES).
- CUARTO. DECLARAR la carencia actual de objeto en el presente asunto.
- QUINTO. ACLARAR que las consideraciones en torno a la vulneracion del derecho al debido proceso se hacen sin perjuicio de la facultad de la Caja Nacional de Prevision Social (CAJANAL - PENSIONES) de acudir ante la administracion de justicia, a fin de controvertir el derecho reconocido a la senora Pinto Pacheco, conforme a la Ley.
- SEXTO. DAR por secretaria cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.