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Tutela ruling (T)March 5, 2012

T-163 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Antonio Perilla Avila·Respondent Penitenciaria Palo Gordo De Giron

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud Del Interno
  • Orden al Inpec para adelantar trámites administrativos para la reposición de prótesis de la mano izquierda solicitada por el accionante
Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad
  • Garantía por parte del Estado tanto para las personas recluidas en establecimientos carcelarios y penitenciarios como de las que se encuentran sujetas a prisión domiciliaria o a un sistema de vigilanci
Derecho De Peticion Del Interno
  • Vulneración por Inpec al demorar más de un año solicitud de entrega de certificaciones de estudio y constancia de buena conducta
Derecho De Peticion De Las Personas Privadas De La Libertad En Centros Penitenciarios Y Carcelarios
  • Responsabilidad del Estado de garantizar su protección de manera eficaz
4 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En el presente caso el accionante solicita la protección de sus derechos fundamentales de petición y de salud, los cuales considera vulnerados por la Penitenciaría Palo Gordo de Girón, al no contestar la solicitud por él presentada, respecto a la expedición de los certificados de estudio y la constancia de buena conducta y, al no otorgarle la reposición de la prótesis de su mano izquierda.

La entidad accionada pidió desestimar las pretensiones de la demanda, en cuanto remitió al establecimiento carcelario donde actualmente se encuentra recluido el actor las certificaciones solicitadas y, porque es el área de sanidad de esta cárcel la que debe decidir lo referente a la prótesis de mano.

Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con el derecho de petición de las personas privadas de la libertad y la obligación del Estado de satisfacer el derecho a la salud de la población carcelaria, ordena a la accionada que informe al Establecimiento Penitenciario Las Heliconias de Florencia (Caquetá), respecto a la solicitud de reposición de la prótesis de mano izquierda, para lo cual deberá remitir las valoraciones médicas, para que dicho establecimiento se encargue de coordinar con CAPRECOM E.P.S.

S lo pertinente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito de Florencia - Sala Unica de Decision, el 1deg de septiembre de 2011, que resolvio denegar el amparo solicitado y, en su lugar, ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, informe a los Directivos del Establecimiento Penitenciario Las Heliconias de Florencia sobre la solicitud presentada por el recluso Antonio Perilla Avila en la Penitenciaria Palo Gordo de Giron de reposicion de protesis de la mano izquierda y remita las valoraciones medicas y explique el tramite adelantado para tal efecto al Establecimiento Penitenciario Las Heliconias de Florencia, Caqueta, donde actualmente se encuentra recluido, para que sea dicho establecimiento el encargado de coordinar con CAPRECOM EPS-S lo referente a la prestacion del servicio de salud en discusion, el cual no debe superar 15 dias. En caso de que se concluya que es procedente el suministro de la protesis esta debera ser proveida y adaptada en el menor tiempo posible, que no podra exceder de 15 dias, salvo requerimientos medicos que precisen de un tiempo mayor.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR a la Directivas del Establecimiento Peniteciario Las Heliconia de Florencia, Caqueta, que debe de abstenerse de realizar cualquier acto u omision que dificulte la obtencion de la atencion medica del interno Antonio Perilla Avila. De alli que debe autorizar las visitas que sean necesarias para que este sea atendido por la EPS-S, de conformidad con la normatividad que regule la materia, so pena de incurrir en una violacion de derecho fundamental a la salud.
  3. TERCERO. ADVERTIR a la EPS-S Caprecom o a la que posteriormente se encomiende, que debera prestarle la atencion medica requerida por el senor Antonio Perilla Avila interno del Establecimiento Penitenciario Las Heliconias de Florencia, Caqueta, de conformidad con la urgencia de su caso y lo establecido en la ley y en la Constitucion.
  4. CUARTO. ADVERTIR a la Penitenciaria Palo Gordo de Giron sobre la importancia de contestar de manera oportuna y eficaz las peticiones presentadas por los internos para evitar la vulneracion de sus derechos.
  5. QUINTO. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.