T-151 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Yine Tordecilla Torreglosa·Respondent Alcaldia De Cartagena Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Administración está obligada a diseñar e implementar políticas tendientes a contrarrestar efectos negativos y presentar alternativas a vendedores informales
- Medidas sanitarias de aislamiento preventivo perdieron vigencia
- Alcance y límites de su poder coercitivo
- Deben respetar derecho al trabajo, confianza legítima y mínimo vital de vendedores informales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este asunto se atribuye a las entidades accionadas la vulneración de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al mínimo vital, al igual que la trasgresión del principio a la confianza legítima, al ser agredida física y verbalmente durante un operativo de protección del espacio público y no permitírsele ejercer su actividad de vendedora ambulante de comidas rápidas, a pesar de contar con el permiso de la administración municipal para desarrollar dicha actividad.
Lo anterior, debido al cierre de la plaza de mercado donde tenía ubicado su puesto de trabajo.
Se analiza temática relacionada con: 1º.
Las medidas de protección del espacio público, que deben respetar la confianza legítima y los derechos al trabajo y al mínimo vital de los comerciantes informales. 2º.
E deber de respeto por la dignidad humana y el debido proceso en las actuaciones policivas de protección del espacio público y, 3º.
El estándar probatorio necesario para evaluar las acusaciones de agresión formuladas por los particulares en contra de los miembros de la Fuerza Pública.
La Corte encontró acreditada la vulneración de los derechos fundamentales al trabajo y al mínimo vital, en tanto no se ofreció alternativas económicas para menguar los efectos nocivos de la ejecución de la medida de protección del espacio público desarrollada por la Policía.
No obstante lo anterior, se declaró la carencia actual de objeto por DAÑO CONSUMADO, debido a la que la razón por la cual se presentó la solicitud de amparo, es decir, el cerramiento de la plaza de mercado, desapareció y la actora se encuentra actualmente trabajando en dicho lugar.
Así mismo, se previno a la Alcaldía Distrital de Cartagena para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en las actuaciones que le dieron origen a la presente acción de tutela, ya que debió ofrecer a la peticionaria un plan de reubicación u otro tipo de alternativa económica que, de forma cierta, permanente, adecuada y oportuna, le permitiera contrarrestar los efectos nocivos de la medida transitoria ejecutada, en tanto su subsistencia y la de su familia dependía de las ventas informales que a diario llevaba a cabo en la plaza de mercado mencionada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia dictado el 27 de marzo de 2020 por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Cartagena, que confirmo la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Cartagena el 2 de marzo de 2020, en cuanto declaro la improcedencia del amparo solicitado por la senora Yine Tordecilla Torreglosa. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por la existencia de un dano consumado en relacion con los derechos fundamentales al trabajo y al minimo vital y NEGAR la proteccion del derecho fundamental a la dignidad humana.
- Segundo. PREVENIR a la Alcaldia Distrital de Cartagena para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en las actuaciones que le dieron origen a la presente accion de tutela, ya que debio ofrecer a la senora Yine Tordecilla Torreglosa un plan de reubicacion u otro tipo de alternativa economica que, de forma cierta, permanente, adecuada y oportuna, le permitiera contrarrestar los efectos nocivos de la medida transitoria ejecutada, en tanto su subsistencia y la de su familia dependia de las ventas informales que a diario llevaba a cabo en la Plaza de la Trinidad.
- En consecuencia, en situaciones como la ocurrida con la accionante, se deben ofrecer planes de reubicacion u otro tipo de alternativas economicas, pues la generacion permanente de ingresos es fundamental para proteger el minimo vital de los vendedores ambulantes y sus nucleos familiares.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.