T-1108 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Neira De Jesús Cardona Cardona Vs. Tribunal Superior De Medellin
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Protección de derechos fundamentales por despido sin previa calificación judicial
- Omisión de ordenar reintegro a empleado con fuero sindical
- Necesidad de autorización judicial para el despido de los empleados públicos con fuero sindical
- Procedencia excepcional por vía de hecho en proceso laboral
- Vulneración por despido sin autorización judicial
- Acción de reintegro de empleado público con fuero sindical
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al fuero sindical de empleada aforada quien fue despedida sin que mediara previa autorización judicial aduciendose por parte de la empresa que cuando se presenta una reestructuracion administrativa no es requisito solicitar permiso judicial previo para terminar el contrato de aquellos empleados publicos que gocen de fuero sindical decidiendo el tribunal sobre un asunto no solicitado en la demanda.
Solicita se anule la decisión del tribunal y se remita el expediente a la instancia competente para decidir la protección especial por fuero sindical.
Significado y alcances del fuero sindical y su estrecha conexión con el derecho fundamental a la asociación sindical.
El fuero sindical y la libre asociación sindical son dos caras de la misma moneda y aun cuando ambos constituyen expresión del derecho genérico a la libre asociación tienen unas características específicas y reciben una especial protección desde el punto de vista constitucional.
Su garantía no solo se deriva de lo dispuesto en la constitución sino que se desprende así mismo de las disposiciones contenidas en el pacto internacional de derechos económicos y sociales y en los preceptos establecidos en los convenios 87 y 98 de la oit.
La jurisprudencia de la corte constitucional en relación con la protección especial que se deriva del fuero sindical en procesos de reestructuración administrativa.
La garantía foral exige que para despedir al empleado o trabajador aforado se debe solicitar previa autorización judicial lo cual sin embargo está lejos de significar que el empleado o trabajador aforado sea inamovible.
El fallo emitido por la sala séptima de decisión laboral del tribunal superior de distrito de medellín incurrió en vía de hecho por defecto sustancial al no ordenar el reintegro y la indemnización consecuente de quien estando protegido por fuero sindical fue despedida sin permiso judicial con lo cual se vulneró el derecho a la libre asociación sindical.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el día 10 de junio de 2005 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para decidir la acción de tutela instaurada por Neira de Jesús Cardona Cardona contra la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, y en su lugar, CONCEDER el amparo invocado por la actora.
- SEGUNDO. En consecuencia, declarar nula y, sin valor ni efecto, la sentencia proferida por la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín el día 19 de noviembre de 2004 para decidir el recurso de apelación instaurado por señora Neira de Jesús Cardona Cardona contra la sentencia dictada el día 24 de septiembre de 2004 por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Itagüí.
- TERCERO. ORDENAR a la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, que en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta decisión, resuelva el recurso de apelación interpuesto por la señora Neira de Jesús Cardona Cardona en los términos consignados en la parte motiva de esta sentencia de revisión de tutela. La Secretaria General de esta Corporación notificará a la obligada, por el medio más expedito posible. Ofíciese y remítase copia de esta providencia.
- CUARTO. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.