T-1044 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Carlos Augusto Piedrahita Araque·Respondent Instituto De Seguros Sociales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que el demandante se trasladó del ISS al Fondo Porvenir y luego al ISS
- Procedencia excepcional
- Caso en que el demandante se trasladó del ISS al Fondo Porvenir y luego al ISS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida digna y seguridad social de ciudadano a quien la entidad accionada se ha negado a reconocerle el acceso a la pensión de jubilación por vejez por estimar que le corresponde al fondod e pensiones porvenir tramitar dicha solicitud. <br>procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de pensiones.
Se recordó que para la viabilidad de la esta clase de reconocimientos es menester que (i)se trate de sujetos de especial protección constitucional; (ii) no existan mecanismos de defensa judiciales o se acredite la falta de idoneidad y eficacia de los mismos; (iii) se haya desplegado cierta actividad administrativa o judicial por el interesado y (iv)se afecten derechos fundamentales. <br>el instituto de seguros sociales como entidad responsable del reconocimiento de la pensión. <br>se determinó que, en vista de que para la fecha en que se hicieron efectivos los traslados, la ley 797 de 2003 no había entrado en vigencia, la entidad accionada no está imposibilitada para tramitar la respectiva solicitud de pensión. <br>por consiguiente, se ordenó a la misma iniciar el trámite pertinente para el reconocimiento y pago de la pensión del accionante. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Medellin, el 28 de abril de 2008 y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, el 21 de mayo de 2008. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la vida digna, y seguridad social del senor Carlos Augusto Piedrahita Araque.
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a iniciar el tramite pertinente para reconocer y pagar al senor Carlos Augusto Piedrahita Araque, la pension de jubilacion respectiva. Dicho tramite debera estar concluido con la expedicion de la resolucion definitiva en un plazo de quince (15) dias.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.