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Tutela ruling (T)February 10, 2016

T-045 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Carlos Alberto Lancheros Sanabria·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Pension De Jubilacion Por Aportes. Requisitos. Regimen De Transicion.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Beneficiarios Del Regimen De Transicion
  • Pierden tal condición las categorías i) y ii) de mujeres mayores de 35 y hombres mayores de 40, si se afilian o se trasladan al régimen de ahorro individual
Derecho Al Minimo Vital Y A La Seguridad Social
  • Orden a UGPP reconocer y pagar pensión de jubilación
Regimen De Transicion
  • Acto Legislativo 01 de 2005 prescribió que éste expiraría el 31 de julio de 2010
  • Categorías de trabajadores que cubre
Pension De Jubilacion Y Pension De Vejez
  • Diferencias
  • Naturaleza y finalidad
10 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que Colpensiones y la UGPP vulneraron derechos fundamentales del actor, al negarle la pensión de jubilación por aportes que considera tener derecho, por presentarse un supuesto conflicto de competencia administrativa entre ambas entidades, al estimar no haber sido el último fondo en el que cotizó los aportes.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

El derecho a la seguridad social en pensiones. 2º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar el reconocimiento de un derecho pensional. 3º.

El régimen de transición pensional consagrado en la Ley 100 de 1993 y, 4º.

Principales regímenes pensionales anteriores a la Ley 100 de 1993.

La Sala concluye que el accionante es beneficiario del régimen de transición y que cumple con los requisitos para acceder a la pensión de jubilación por aportes reclamada.

Establece, que la UGPP es la obligada a reconocer y pagar esta prestación, mientras que a Colpensiones le corresponde trasladar los aportes realizados por el peticionario al ISS, en el período comprendido entre diciembre de 1976 y agosto de 1984.

Se TUTELAN los derechos al mínimo vital y a la seguridad social.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia de tutela proferida el 5 de agosto de 2015 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, la cual confirmo a su vez el fallo del 23 de junio de 2015, proferido por el Juzgado
  2. Noveno. Civil del Circuito de esa ciudad, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital y a la seguridad social del senor Carlos Alberto Lancheros Sanabria.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la UGPP que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas desde la notificacion de este fallo, proceda a reconocer y pagar la pension de jubilacion por aportes a que tiene derecho el senor Carlos Alberto Lancheros Sanabria, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente providencia.
  4. TERCERO. ORDENAR a COLPENSIONES que, en el termino de quince (15) dias habiles contados desde la notificacion de este fallo, proceda a realizar los tramites administrativos pertinentes para trasladar a la UGPP los aportes realizados por el accionante al ISS en el periodo comprendido entre el 17 de diciembre de 1976 hasta el 17 de agosto de 1984.
  5. CUARTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones indicadas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.