T-343 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Fabio Alberto Correa Echeverry·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Colpensiones corrija la historia laboral del accionante y proceda a liquidar y pagar pensión de vejez conforme al Decreto 758/90
- Procedencia excepcional cuando se vulneran derechos de las personas de la tercera edad
- Deber de custodia, conservación y guarda de la información concerniente al Sistema de Seguridad Social
- Caso en que ISS niega reconocimiento y pago basado en inconsistencias presentadas en historia laboral respecto al periodo y número de semanas cotizadas
- Finalidad
- Reiteración de jurisprudencia respecto a la edad de 71 años como sujeto de especial protección y no a los 62 años como en el caso del accionante
- Se considera que lo es a partir de 71 años
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
COLPENSIONES le negó al actor el reconocimiento y pago de su pensión de vejez, argumentando que, según su base de datos, incumplía con el mínimo exigido de períodos cotizados, toda vez que solo tenía registradas 608 semanas.
Al presentar los recursos de ley, el demandante aportó el reporte de cotizaciones obtenido a través de la página web de la entidad, en el cual se registraba un total de 1934 semanas.
Pese a lo anterior, COLPENSIONES decidió confirmar su decisión.
Se analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela para obtener el reconocimiento de la pensión de vejez; el principio de la buena fe y la confianza legítima y, el deber de las administradoras de pensiones de garantizar el adecuado manejo de la información laboral de sus afiliados.
Para la Sala, las inconsistencias que se presentaron en la historia laboral del actor evidencian que COLPENSIONES incumplió sus obligaciones de custodia, conservación y guarda de la información, en perjuicio de las garantías del derecho de habeas data, respecto de la información laboral del actor.
SE CONCEDE. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito especializado de Medellin con funciones de conocimiento y por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin, en su lugar, CONCEDER la proteccion constitucional solicitada por el senor Fabio Alberto Correa Echeverry.
- Segundo. ORDENAR al representante legal de Colpensiones que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a realizar el reconocimiento y pago de la pension de vejez desde el momento en que el accionante cumplio los requisitos para acceder a la pension de vejez.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.