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Unification ruling (SU)September 17, 2020Full bench

SU- de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Ministerio De Minas Y Energia Y Otro·Respondent Tribunal Administrativo De Cundinarmaca, Seccion Primera, Subseccion B

✓
Topic · hard data
Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Del Subsuelo Deben Ser Adoptadas Por Autoridades Nacionales En Coordinacion Y Concurrencia De Las Autoridades Territoriales
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Consulta Popular
  • Improcedencia del mecanismo de participación popular según precedente fijado en sentencia SU.095/18
Accion De Tutela En Proceso De Consulta Popular De Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Del Subsuelo
  • Procedencia por defectos sustantivo, violación directa de la Constitución y desconocimiento del precedente constitucional
Violacion Directa De La Constitucion
  • Estructuración
  • Definición
Consulta Popular
  • Límites competenciales
  • Reglas jurisprudenciales
Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Del Subsuelo
  • Necesidad de implementar mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia nación territorio
Precedente Constitucional
  • Carácter vinculante
Defecto Sustantivo
  • Presupuestos para su configuración
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
14 topics · 15 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este asunto el Ministerio de Minas y Energía y la Ladrillera Santafé S.A., formularon separadamente la acción de tutela en contra del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera Subsección B.

Se atribuye a esta autoridad judicial la vulneración de los fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, con ocasión de la expedición de la sentencia que declaró constitucional la consulta popular de Cogua, relacionada con la ampliación de la explotación minera por fuera de las zonas donde se desarrolla esa actividad en dicho municipio.

La autoridad judicial cuestionada consideró que las autoridades municipales son competentes para resolver este tipo de asuntos, y que la pregunta formulada cumplía con los requisitos de claridad y lealtad con el elector.

Se aduce que dicho fallo incurrió en los defectos sustantivo, violación directa de la Constitución y/o desconocimiento del precedente, al desconocer los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad y, que la Corte Constitucional señaló que, antes de que los municipios realicen consultas populares sobre asuntos mineros, se deben agotar los mecanismos de concertación señalados en la ley, dado que la Nación es propietaria del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. .

Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, se hace una caracterización de los defectos invocados por la parte actora y se analizan las reglas constitucionales fijadas en materia de consultas populares relacionadas con la exploración o explotación del subsuelo o de los recursos naturales no renovables.

Tras reiterar el ámbito de competencia de la Nación sobre uso del subsuelo y su convergencia con las competencias de las entidades territoriales en la administración del suelo, que lleva implícita la aplicación de los principios de coordinación y concurrencia, se CONCEDIÓ el amparo invocado, se dejó sin efectos la providencia atacada y se ordenó al Tribunal accionado proferir una nueva decisión en la que tenga en cuenta lo expuesto en el presente fallo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia adoptada en segunda instancia por el Consejo de Estado -Seccion Cuarta-, el 14 de agosto de 2019, que conjuntamente revoco las decisiones proferidas en primera instancia por: (i) el Consejo de Estado -Seccion Segunda, Subseccion A-, el 29 de agosto de 2018 y (ii) el Consejo de Estado -Seccion Segunda, Subseccion B-, el 21 de agosto de 2018, que negaron la proteccion implorada en el marco de las acciones de tutela formuladas, por separado, por el Ministerio de Minas y Energia y Ladrillera Santafe S.A. contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Primera, Subseccion B; y que, en su lugar, declaro improcedentes las solicitudes de amparo. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia del Ministerio de Minas y Energia y de Ladrillera Santafe S.A., de conformidad con lo expresado en esta providencia.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Primera, Subseccion B, el 3 de mayo de 2018, dentro del tramite de revision previa de constitucionalidad de la convocatoria a consulta popular a realizarse en el Municipio de Cogua -Cundinamarca-, relacionada con la ampliacion de la explotacion minera por fuera de las zonas donde se desarrolla esa actividad en ese municipio, con radicado numero 2018-00311, asi como las actuaciones subsiguientes.
  3. TERCERO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Primera, Subseccion B, que, en el termino de treinta (30) dias habiles siguientes a la notificacion de esta decision, adopte una nueva sentencia en la que debera tener en cuenta lo expuesto en las motivaciones del presente pronunciamiento.
  4. CUARTO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, REMITASE al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Primera, Subseccion B, el expediente contentivo del proceso de revision previa de constitucionalidad de la convocatoria a consulta popular a efectuarse en el Municipio de Cogua -Cundinamarca-, cuyo radicado corresponde al numero 2018-00311.
  5. QUINTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceDiana Constanza Fajardo Rivera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 75cited by 4 →SU.411/20C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-231/94 — Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente. · cited 1,016 timesT-231/941994T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000T-292/06 · cited 614 timesT-292/062006T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006SU.272/21 — Derecho Al Debido Proceso En Reparación Directa -Lucro Cesante- De Víctimas Del Ejército Nacional Por Ejecucion Extrajudicial · cited 15 timesSU.272/212021C-054/23 — Competencia De Los Departamentos. Administración De Áreas No Municipalizadas. Elevación A Municipios De Áreas No Municipalizadas Sin El Llen · cited 8 timesC-054/232023T-180/24 — Debido Proceso Administrativo Para Constituir Resguardos De Comunidades Indígenas-Obligación De Definir La Situación Legal De Las Entidades · cited 3 timesT-180/242024T-421/22 — Derecho Al Debido Proceso Y Libertad De Expresión- Improcedencia De La Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Al No Configurarse Al · cited 3 timesT-421/222022
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.