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Tutela ruling (T)July 30, 2019

T-342 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Concejales Del Municipio De Urrao Antioquia·Respondent Tribunal Administrativo De Antioquia

✓
Topic · hard data
Autonomia De Autoridades Territoriales Para Prohibir Desarrollo De Actividades Mineras. Alcance.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Autonomia De Entidades Territoriales
  • Justificación de restricción en aras de garantizar un interés nacional superior
Autoridad Ambiental
  • Deber de colaboración de autoridad minera no limita ni condiciona ejercicio de competencia
Estado Unitario Y Autonomia Territorial
  • Formas de concreción de los contenidos constitucionales
Regalias
  • Constituyen fuente exógena de financiación de las entidades territoriales
Autoridad Ambiental En Mineria
  • Establecimiento de zonas de exclusión por autoridad ambiental
Desarrollo Sostenible
  • Contenido y alcance
Estado
  • Alcance del concepto y relación con la propiedad del subsuelo
Mineria En Colombia
  • Desarrollo legal
Principio De Precaucion En Medio Ambiente
  • Falta de certeza científica absoluta frente a explotación minera
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
17 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se ataca la decisión judicial que declaró sin validez el Acuerdo Municipal mediante el cual se dictaron unas medidas para la defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio de Urrao (Antioquia).

De manera particular el referido Acto prohibió que en dicha entidad territorial se desarrollaran actividades mineras de metálicos y la gran y mediana minería de los demás minerales, estableciendo que para el efecto no se podían adelantar actividades de prospección, exploración, construcción, montaje, explotación y transformación de tales minerales.

Los argumentos de la providencia fueron los siguientes: 1º.

Que a la luz del artículo 35 de la Ley 685 de 2001, un Acuerdo Municipal puede restringir, pero no prohibir, trabajos y obras de exploración y de explotación. 2º.

Que según el artículo 34 de la misma ley El Concejo Municipal de Urrao no tiene la competencia para definir las zonas excluibles de la minería, pues éstas deben ser delimitadas por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales y ambientales, con la colaboración de la autoridad minera, en aquellas áreas de interés minero y, 3º.

Que de acuerdo con el artículo 37 ibídem, ninguna autoridad regional, seccional o local puede establecer, con excepción de las facultades de las autoridades nacionales y regionales que se señalan en los precitados artículos, zonas del territorio que queden permanentemente o transitoriamente excluidas de la minería.

Se reitera jurisprudencia relacionada con las causales genéricas y específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Se hace una caracterización del defecto sustantivo o material, así como del desconocimiento del precedente constitucional y de la causal denominada violación directa de la Constitución.

Por último, se hacen unas precisiones en torno al alcance de la autonomía en cabeza de las entidades territoriales para prohibir el desarrollo de actividades mineras en sus respectivas jurisdicciones.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado y se reitera al Congreso de la República que, por medio de la Sentencia SU.095/18, el pleno de la Corte lo exhortó con el propósito de que, en el menor tiempo posible, definiera uno o varios mecanismos de participación ciudadana y uno o varios instrumentos de coordinación y concurrencia nación territorio, para asegurar, entre otras cosas, que las entidades territoriales a través de sus autoridades competentes, concurran a la definición, ejecución y seguimiento de las actividades de hidrocarburos y de minería, como por ejemplo ocurriría con las decisiones relativas a la demarcación o delimitación de zonas excluibles de la minera en su respectivo territorio.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela dictada el 4 de octubre de 2018 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, por medio de la cual se concedió el amparo constitucional deprecado por los accionantes y, con base en las consideraciones expuestas en esta providencia, confirmar el fallo proferido el 26 de febrero de 2018 por la Subsección B de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la misma Corporación.
  2. SEGUNDO. REITERAR al Congreso de la República que, por medio de la Sentencia SU-095 de 2018, el pleno de esta Corte lo exhortó con el propósito de que, en el menor tiempo posible, defina uno o varios mecanismos de participación ciudadana y uno o varios instrumentos de coordinación y concurrencia nación territorio, para asegurar, entre otras cosas, que las entidades territoriales, a través de sus autoridades competentes, concurran en la definición, ejecución y seguimiento de las actividades de hidrocarburos y de minería, como por ejemplo ocurriría con las decisiones relativas a la demarcación o delimitación de zonas excluibles de la minería en su respectivo territorio.
  3. TERCERO. INSTAR al Concejo Municipal de Urrao y a la Gobernación de Antioquia para que trabajen mancomunada y coordinadamente en la creación y puesta en marcha de espacios y procesos de concurrencia y concertación entre las autoridades ambientales de los distintos niveles territoriales con el fin de que, en los términos del artículo 34 de la Ley 685 de 2001 y el precedente constitucional que ha condicionado su exequibilidad, adopten las decisiones relativas a la delimitación de zonas excluibles de la minería en la jurisdicción municipal de Urrao, teniendo en cuenta las consideraciones advertidas en el numeral 4.11 de esta sentencia.
  4. CUARTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 84cited by 2 →T-342/19C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-231/94 — Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente. · cited 1,016 timesT-231/941994SU.1184/01 — Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento · cited 642 timesSU.1184/012001T-774/04 — Derecho Al Debido Proceso En Conexidad Con El Derecho A Un Medio Ambiente Sano Por Sentencia Que Niega Pretensiones De La Demanda De Desaloj · cited 427 timesT-774/042004C-056/21 — Matriz Energética. Obligación De Los Agentes Comercializadores Del Mercado De Energías Mayoristas De Compras De Energía De Fuentes No Conven · cited 12 timesC-056/212021SU.411/20 — Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Del Subsuelo Deben Ser Adoptadas Por Autoridades Nacionales En Coordinacion Y · cited 4 timesSU.411/202020
constitutional review unification tutela

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