C-949 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Humberto Longas Londoño
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Extensión desproporcionada término de duración de contrato
- Asimilación a servidores públicos
- Caducidad
- Calidad de servidores públicos de miembros de corporaciones públicas
- Capacidad contractual de entidades sin personería jurídica
- Determinación legislativa de sujetos
- Extremos de la relación
- Responsabilidad de quienes tienen la calidad de servidores públicos
- Terminación del objeto por renuncia del contratista a continuidad de ejecución por modificación unilateral
- Asociaciones y fundaciones de participación mixta
- Calidad de servidores públicos de representantes de asociaciones y fundaciones de participación mixta
- Capacidad
- Carácter de servidores públicos de particulares representantes de asociaciones y fundaciones de participación mixta
- Entidades estatales situadas en uno de los extremos de la relación
- Modificación unilateral
- Modificación unilateral que altera el valor
- Urgencia manifiesta
- Preservación de especialidad
- Autorización de presentación de ofertas
- Incidencia social
- Prórroga automática
- Delegación por jefes o representantes de entidades
- Delegación de facultad
- Distinción
- Autonomía de la voluntad
- Capacidad sin personería jurídica
- Libertad de configuración del legislador
- No especial rango legal
- No regulación integral y casuística
- Premisas fundamentales
- Competencia para expedición
- No incorporación en un solo cuerpo normativo
- Selección del contratista
- Aplicación práctica de disposición acusada
- Eventuales efectos negativos por aplicación práctica
- Falta de argumentación constitucional
- Régimen
- Régimen especial para entidades estatales que lo prestan
- Concepto
- No exigencia en estatutos de incorporación de cláusulas excepcionales
- Denominación
- Exclusión de inscripción y clasificación
- Exoneración no vulnera principios en escogencia del contratista
- Omisión de escoger contratista sin observar selección objetiva donde no se exige
- Exigencia y exclusión
- Origen legal y objeto
- Carácter instrumental
- Celebración sin formalidades plenas
- Formalidades y formas
- Prórroga automática
- Concepto
- Extensión desproporcionada término de duración de contrato
- Mecanismo de selección objetiva del contratista
- Principios medulares
- Adjudicación en audiencia pública
- Exoneración de garantías en contrato celebrado
- Autonomía de la libertad
- Revolución tecnológica
- Suscripción de contratos estatales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 80 de 1993.
Arts. 2 varios 6 (p.) 7 11 varios 12 16 inc. 2 (p.) 18 inc. 2 (p.) 19 22 inc. 6 24 varios 25 nums. 10 y 19 inc. 5 32 parag. 2 33 inc. 4 (p.) y parag. 35 parag. 1 (p.) 36 inc. 1 (p.) 37 varios 38 39 parag. 42 43 y 76.
Estatuto general de contratacion
What it decided
Holdings on Ley 80/93. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (25 points)
- 1. Declarar EXEQUIBLES las siguientes disposiciones de la Ley 80 de 1993:
- * El articulo 2deg, ordinal 2deg, literal a), de la Ley 80 de 1993 , en lo relacionado con la expresion: "Las personas naturales que prestan sus servicios dependientes a los organismos y entidades de que trata este articulo, con excepcion de las asociaciones y fundaciones de participacion" y el literal b) de la misma norma.
- * El articulo 6deg inciso 1deg, en cuanto a la expresion: "Tambien podran celebrar contratos con las entidades estatales, los consorcios y uniones temporales" y el articulo 7deg
- * El articulo 16 inciso 2deg, en lo relativo a la expresion "y la entidad adoptara de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminacion del objeto mismo"; y el articulo 18 en cuanto a la expresion "bien sea" y "o de otro contratista".
- * El articulo 22, en su inciso
- sexto.
- * El articulo 25 numerales 10 y 19 en su inciso
- quinto.
- * El Paragrafo 2deg del articulo 32
- * El Paragrafo del articulo 33
- * Las expresiones: "pero podra ser prorrogado antes de su vencimiento por igual termino" del paragrafo 1deg del articulo 37.
- * Articulo 38
- * El Paragrafo del Articulo 39
- * El articulo 42
- * El articulo 43
- * El articulo 76
- 2. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "automaticamente", "dentro del ano siguiente a la prorroga automatica, se procedera a la formalizacion de la concesion" del inciso
- primero. del articulo 36 y tambien el paragrafo de esta misma disposicion legal
- 3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse respecto de las siguientes disposiciones de la Ley 80 de 1993, por ineptitud sustantiva de la demanda:
- * El articulo 24 numeral 1deg
- * La expresion "por contratacion directa" del inciso
- cuarto. del articulo 33
- * La expresion "directamente" del paragrafo 1deg del articulo 35
- 4. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencias C-407 de 1994, que declaro EXEQUIBLE el inciso
- segundo. del paragrafo 1deg del articulo 37 de la Ley 80 de 1993, y C-772 de 1998 que declaro EXEQUIBLE el paragrafo unico del articulo 42 de la Ley 80 de 1993.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.