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Constitutional review ruling (C)September 24, 2008Full bench

C-930 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto

✓Claimant Francisco Jose Fernandez Mejia

✓
Topic · hard data
Cinturon De Seguridad En Asientos Traseros. Exigencia Para Vehículos De Modelo 2004 En Adelante No Vulnera Principios Constitucionales
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Cinturon De Seguridad En Asientos Traseros
  • Corresponde a las autoridades propiciar su instalación en vehículos de modelos anteriores al 2004 sin el apremio de la multa
  • Exigencia para vehículos de modelo 2004 en adelante no vulnera principios constitucionales
  • Constitucionalidad de la obligación
  • Exigencia para todo vehículo garantiza los derechos de los niños menores de 10 años
  • Exigencia sólo para vehículos de modelo 2004 en adelante constituye un déficit de protección para con los niños
  • Uso mitiga consecuencias en accidentes de tránsito
Deficit De Proteccion
  • No exigencia del cinturón de seguridad en asientos traseros en todo vehículo automotor
Medidas Juridicas Coactivas
  • Compatibilidad con la Constitución
  • Concepto
  • Requisitos que las justifican
Principio De La Buena Fe Y Principio De Confianza Legitima
  • Origen y desarrollo
  • Objeto
  • Observancia en regulación de transición
6 topics · 15 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 769 de 2002 “por la cual se expide le codigo nacional de transito terrestre y se dictan otras disposiciones”, articulo 82 (parcial). <br>el juicio alegado se centra en el supuesto desconocimiento del principio de igualdad y de los derechos a la vida de las personas que, eventualmente, se vieran afectadas por la medida, de acuerdo con la cual, el desuso del cinturón de seguridad se sanciona unicamente a los ocupantes de los asientos traseros de los vehiculos fabricados desde el año 2004.

Precisado el alcance del reproche efectuado, se dilucido que el cuestionamiento atañe a que solo puedan ser sancionados los pasajeros traseros que no usen dispositivo en los vehiculos del modelo especificado. <br>adentrada en las consideraciones, la sala estimo conveniente, en primer lugar, clarificar el alcance semantico de la expresion paternalismo, y a fin de evitar confusiones, se establecio que el sentido de la mismas debia ser el de medidas de proteccion de los intereses de la propia persona, o medidas de proteccion, en armonia con precedente de esta corporacion.

Estas medidas se justifican pues, siempre que (i) procuren el bienestar y proteccion de las personas en relacion con derechos que la misma constitucion haya privilegiado y (ii) que cumplan con las exigencias de un juicio de proporcionalidad.

Como restriccion adicional se tiene que los derecho al libre desarrollo de personalidad, a la autodeterminacion y a la dignidad humana amparados a la persona en eventos tales no deben chocar con el goce pleno de los de terceras personas. <br>como resultado del analisis de proporcionalidad de la norma se coligio, de un lado, que la medida sancionatoria es razonable en vista de que, no solo procura la proteccion de valores esenciales de nuestro ordenamiento juridico, sino que ademas reduce los riesgos que pueda sufrir las personas envueltas en al actividad vehicular; Y por otra parte, que la misma resulta igualmente ajustada a la constitucion en la medida en que es el resultado de una regulacion de transicion, pues no todos los vehiculos de modelos anteriores cuentan con cinturones de seguridad en asientos traseros. <br>exequible.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 769/02. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 82Ley 769/02UPHELD
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo estudiado, la expresion "A partir de los vehiculos fabricados en el ano 2004", del articulo 82 de la Ley 769 de 2002.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 23cited by 11 →C-930/08C-478/98 — Ley 223/95. Art. 285 Parcial. Racionalizacion Tributaria. Derogatorias Y Vigencias. Exequible. · cited 291 timesC-478/981998C-355/06 — Aborto. Casos En Que No Constituye Delito · cited 265 timesC-355/062006C-309/97 — Dec. 1344/70. Art. 178. Obligatoriedad Del Uso De Cinturones De Seguridad Para Vehiculos De Todos Los Modelos. Exeq. E Inexeq. · cited 219 timesC-309/971997SU.337/99 — Der. A La Identidad Sexual. Der. A La Igualdad. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Hermafrodita. Concedida Parcialmente. · cited 170 timesSU.337/991999SU.510/98 — Libertad De Cultos. Der. A La Identidad E Integridad Cultural. Minorias Evangelicas En La Comunidad Arhuaca. Negada · cited 163 timesSU.510/981998C-239/97 — Dec. 100/80. Art. 326. C.P. Homicidio Por Piedad. Eutanasia. Consentimiento Del Paciente Terminal. Exequible. Ver Auto 035/97. · cited 160 timesC-239/971997C-606/92 — Ley 70/79. Arts. 2 Parcial 4 8 Parcial 9 10 Y 11. Profesion De Topografo. Derecho Al Trabajo. Libertad De Escoger Oficio. Exequibles. Sa · cited 148 timesC-606/921992C-221/94 — Ley 30/86. Art 2 Lit J. Exequible. Art. 51 Y 87 Inexequible. Despenalizacion Del Consumo De La Dosis Personal. · cited 125 timesC-221/941994SU.109/22 — Derecho A La Igualdad, Libertad De Locomoción Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Adultos Mayores De 70 Años En El Contexto De La Pande · cited 44 timesSU.109/222022T-732/09 · cited 41 timesT-732/092009T-452/10 · cited 40 timesT-452/102010C-131/14 — Prohibicion De Anticoncepcion Quirurgica A Menores De Edad. · cited 39 timesC-131/142014C-387/14 — Sometimiento De Imputado O Acusado A Programa Especial Para Superar Adiccion A Drogas O Bebidas Alcoholicas Como Condicion Fijada Por Fiscal · cited 32 timesC-387/142014C-639/10 — Prohibicion De Venta De Cigarrillos Por Unidad. No Vulnera El Derecho A La Autodeterminación Personal Ni El Mínimo Vital De Los Vendedores A · cited 20 timesC-639/102010C-049/22 — Riesgos Laborales. Pago De Las Comisiones A Intermediarios Contratados Por Las Arl Para Las Actividades De Promoción Y Prevención, Con Cargo · cited 14 timesC-049/222022T-364/18 — Derecho Fundamental Al Debido Proceso En Las Actuaciones Disciplinarias Adelantadas En Instituciones Educativas. · cited 14 timesT-364/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.