C-607 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Danny Manuel Moscote Aragon·Respondent Decreto Ley 1281 De 2002 Articulo 3 Parcial
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia internacional
- Reglamentación
- Subcuentas
- Destinación específica
- Naturaleza jurídica
- Facultades extraordinarias
- Reglas a tener en cuenta en materia de vigilancia del funcionamiento del sistema
- Asignación de competencia para ordenar el reintegro inmediato de recursos de la salud apropiados o reconocidos sin justa causa
- Objetivos como órgano de inspección, vigilancia y control de sistema
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Aplicación del principio pro actione
- Sujeción a las reglas del debido proceso y los actos proferidos podrán ser objeto de los recursos en vía gubernativa y serán susceptibles de ser atacados ante la j
- Sujeción a normas contenidas en el Código Contencioso Administrativo
- Intervención del Estado
- Funciones de inspección, vigilancia y control del Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 3 (parcial) del Decreto Ley 1281 de 2002, por el cual se expiden las normas que regulan los flujos de caja y la utilización oportuna y eficiente de los recursos del sector salud y su utilización en la prestación.
El demandante acusa la expresión “ordenará el reintegro inmediato de los recursos” contenida en el artículo referenciado y fundamento los cargos en la supuesta falta de establecimiento de un proceso administrativo previo; en la duda sobre el procedimiento a seguir cuando el administrado se niega al reintegro y a la falta de expedición de un reglamento.
La Corte concluyó que la competencia asignada a la Superintendencia Nacional de Salud para ordenar el reintegro inmediato de los recursos de la salud en nada vulnera el debido proceso, por cuanto si existe en el ordenamiento un procedimiento aplicable que además se sujeta a las reglas del debido proceso y, que tal como lo regula el Código Contencioso Administrativo, los actos proferidos por esta autoridad podrán ser objeto de los recursos en la vía gubernativa y susceptibles de ser atacados ante la jurisdicción.
Se declara EXEQUIBLE la expresión acusada.
What it decided
Holdings on Decreto 1281/02. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la expresion "ordenara el reintegro inmediato de los recursos" contenida en el articulo 3 del Decreto Ley 1281 de 2002, por el cargo estudiado en la presente providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.