C-357 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Carlos Enrique Robledo Solano·Respondent Ley 1849 De 2017
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Características
- Desarrollo legal
- Elementos
- Jurisprudencia constitucional
- Autonomía respecto de la acción penal
- Connotación real
- Debido proceso
- Fundamento constitucional
- Concreción características del proceso por legislador
- Falta de reconocimiento estatal a la propiedad
- Instituciones diferentes
- Carga de la prueba
- Concepto
- Requisitos
- Características
- Contenido
- Elementos
- Efectos respecto de inexequibilidad
- Exigencia de plazo razonable
- Límites a la potestad de configuración del legislador
- Juicio intermedio de proporcionalidad
- Ausencia de razones de inconstitucionalidad
- Concepto y alcance
- Derechos al debido proceso y propiedad
- Juicio de proporcionalidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017, que modificó el artículo 93 de la Ley 1708 de 2014, por medio del cual se expide el Código de Extinción de Dominio.
El demandante considera que la disposición acusada, al permitir que la administración pueda extinguir el dominio de un inmueble sin que haya concluido el proceso judicial de extinción de dominio y sin que exista sentencia, vulnera los artículos 1, 2, 29, 34 y 58 de la Constitución.
La Corte consideró que la enajenación temprana de bienes sujetos a medidas cautelares bajo la administración del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO) y en proceso de extinción del dominio, constituye una medida razonable, proporcionada y necesaria, que cumple una finalidad legítima e Imperiosa.
Se declaran EXEQUIBLES las expresiones “enajenar”, “tempranamente”, “con medidas cautelares dentro del proceso de extinción de dominio” y “enajenado” previstas en los incisos primero y quinto del artículo 93 de la Ley 1708 de 2014, tal y como fue modificado por el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017.
La Sala Plena se INHIBIO para emitir pronunciamiento de fondo acerca de la constitucionalidad de los incisos tercero y cuarto del artículo 93 ibídem, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
What it decided
Holdings on Ley 1708/14. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "enajenar", "tempranamente", "con medidas cautelares dentro del proceso de extinción de dominio" y "enajenado", previstas en los incisos
- primero. y
- quinto. del artículo 93 de la Ley 1708 de 2014, tal y como fue modificado por el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017, por los cargos estudiados en esta providencia.
- Segundo. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo acerca de la constitucionalidad de los incisos
- tercero. y
- cuarto. del artículo 93 de la Ley 1708 de 2014 y tal y como fue modificado por el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017, por ineptitud sustantiva de la demanda..
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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