C-220 de 1997
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Augusto Hernandez Becerra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Autonomía en presupuesto de universidades estatales
- Competencia sobre artículos de decretos compiladores
- Inexistencia de un texto real
- Clasificación control de tutela
- Señalamiento régimen presupuestal
- Autonomía administrativa y financiera
- Autonomía relativa
- Control de tutela no aplicable a universidades estatales
- Elementos esenciales
- Significado
- Establecimiento de excepciones por legislador
- Interpretación, reforma y derogación por legislador
- Sujeción a ley ordinaria desfigura jerarquía normativa
- Regulación respecto de entidades públicas
- Diseño de mecanismos de control especial
- Autonomía en presupuesto con régimen especial
- No es establecimiento público
- No asimilación para efectos presupuestales
- Ausencia de elemento normativo que la afecte
- No exclusión de disposiciones constitucionales sobre presupuesto
- No sujeción al control de tutela de establecimiento público
- Ajenas a interferencias del poder político
- Alcance respecto a la unidad presupuestal
- Límites del legislador
- Implicaciones por su ejercicio
- Protección
- Significación
- No implica confrontación entre normas de igual jerarquía
- Fundamento y objetivo
What it decided
Holdings on Ley 38/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, en los terminos de esta sentencia, el articulo 4 del Decreto 111 de 1996, cuyo texto corresponde al articulo 63 de la ley 179 de 1994, norma compilada, en el entendido de que sus disposiciones no son aplicables a las universidades del Estado, cuyo regimen presupuestal es el ordenado por las normas de la ley 30 de 1992, y aquellas del Estatuto Organico de Presupuesto que no vulneren el nucleo esencial de la autonomia que les reconocio el articulo 69 de la C.P.
- Segundo. Esta sentencia rige a partir de la fecha de su notificacion.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.