T-179 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Guerrero Peña Aldair Jesus·Respondent Universidad De Sinu
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Definición y naturaleza jurídica
- Desarrollo de programas académicos y otorgamiento de títulos correspondientes
- Límites
- Exigencia de un segundo idioma como requisito para obtener el título profesional
- Uso de lengua nativa no debe convertirse en barrera u obstáculo para el goce efectivo de los derechos de indígenas
- Reconocimiento y protección
- Sanciones por incumplimiento de obligaciones académicas y disciplinarias
- Derecho fundamental, derecho prestacional y derecho-deber
- Modalidades de obligaciones de protección de los derechos de las comunidades indígenas y tribales
- Demostrar suficiencia del inglés como idioma extranjero
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor inició sus estudios en derecho en la universidad accionada, gracias a un crédito que, por su condición de indígena, le concedió el ICETEX.
Dentro de las exigencias académicas de la institución universitaria, estaba el requisito de acreditación de una segunda lengua.
El peticionario consideró que, por sus condiciones etnolingüísticas, sería razonable que, con la sola acreditación del español, la universidad diera por satisfecho el precitado requisito, en tanto su primera lengua es la nativa.
El ente universitario insistió en que el requisito en cuestión era obligatorio para todos los alumnos, que se trataba de una exigencia contemplada en el reglamento estudiantil y que, además, no vulneraba ninguna garantía constitucional.
Con la acción de tutela se pretende que se ordene a la demandada que dispense al tutelante de cursar los niveles de inglés que le restan por acreditar para poder obtener el título profesional, tal y como había ocurrido en circunstancias análogas, como con integrante de la comunidad indígena wayyu.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
El derecho fundamental a la educación. 2º.
Reiteración de jurisprudencia sobre el principio de autonomía universitaria y, 3º.
El derecho a la diversidad étnica y cultural en cabeza de los integrantes de las comunidades indígenas.
Al no encontrar la vulneración de derechos alegada por la parte demandante, la Corte decidió NEGAR el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. Por las razones expuestas en la presente providencia, REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida el 29 de julio de 2022 por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Montería, que confirmó la sentencia del 23 de junio de 2022 emitida por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Montería, y por la cual se declaró la improcedencia de la acción de tutela impetrada por el señor Aldair de Jesús Guerrero Peña contra la Universidad del Sinú "Elías Bechara Zainúm". En su lugar, NEGAR el amparo constitucional de los derechos fundamentales invocados.
- SEGUNDO. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.