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Constitutional review ruling (C)January 23, 2008Full bench

C-037 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Araujo Rentería

✓Claimant Alejandro Paez Estrada

✓
Topic · hard data
Defensoria Del Usuario En Salud.Creación, Relación Jerárquica, Estructural Y Funcional
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Defensoria Del Usuario En Salud
  • Reglamentación
  • Creación, relación jerárquica, estructural y funcional
Derecho De Participacion De Usuarios Del Servicio De Salud
  • Consolidación mediante mecanismos de naturaleza y fines sociales
Funcion Administrativa
  • Al servicio de los intereses generales
Defensor Del Usuario En Salud
  • Deber de acatar y hacer cumplir las decisiones de la Corte Constitucional
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda respecto del cargo por la supuesta violación del artículo 78 de la Constitución
Principio Democratico
  • Efecto universal y expansivo
Seguridad Social
  • Servicio público de carácter obligatorio
  • Derecho irrenunciable
Usuarios De Servicios De Salud
  • Formulación de quejas
12 topics · 14 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 1122 de 2007 articulo 42 se hacen modificaciones en el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones.

Defensor del usuario en salud.<br>el demandante considera que la disposicion atacada vulnera los articulos 1, 2, 38, 78, 113, 121, 209 y 338 de la carta politica, habida cuenta que desconoce el principio de separacion de funciones.

En efecto, es al defensor del pueblo a quien le corresponde la funcion de mediador entre los usuarios y las empresas publicas o privadas que presten servicios publicos, cuando aquellos lo demanden en defensa de sus derechos que se presuman violados.

En ese orden de ideas, al tenerse la salud como un servicio publico, es el defensor del pueblo quien tiene la funcion de recibir y tramitar las quejas relativas a la prestacion del servicio de salud.

Adicionalmente considera que se vulnera el principio de participacion ciudadana y el derecho de libre asociacion, toda vez que desplaza las actividades y funciones que venian realizando las diferentes asociaciones de usuarios del servicio.

Por otra parte arguye que tal precepto desconoce el principio de imparcialidad de la funcion administrativa, como quiera que tal figura se encuentra sujeta a la superintendencia nacional de salud.<br>consideraciones preliminares.

Inhibicion de la corte constitucional para proferir decision de fondo en relacion con el cargo por la supuesta violacion del articulo 78 de la constitucion.

Existencia de cosa juzgada constitucional parcial.

Examen de los cargos formulados.

Exequibilidad condicionada de la norma demandada.

Deber de acatamiento de las ordenes de la corte constitucional.<br>esta corporacion encuentra infundados los cargos formulados por el actor.

No obstante lo anterior, para efectos de garantizar la participacion de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen, se declarara exequible en forma condicionada la norma demandada, en el entendido de que en la reglamentacion del numero de defensores del usuario en salud y de su eleccion por los usuarios, que expida el ministerio de la proteccion social, deberan preverse garantias electorales democraticas minimas, en particular, el voto libre y la adjudicacion de los escaños en forma proporcional a los votos obtenidos por cada lista, para garantizar la representacion de las minorias. <br>inhibida para tomar decision de fondo en relacion con el cargo contra el articulo 42 de la ley 1122 de 2007 por la supuesta violacion del articulo 78 de la carta politica por ineptitud sustantiva de la demanda.<br>exequible en forma condicionada el articulo 42 de la ley 1122 de 2007 salvo el aparte "y la forma como deben contribuir, cada eps para la financiacion de dicho fondo" contenido en el inciso 2º del mismo articulo respecto del cual se ordena estarse a lo resuelto en sentencia c-950 de 2007.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1122/07. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 42Ley 1122/07DECLINED TO RULE
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DECLARARSE INHIBIDA para tomar decision de fondo en relacion con el cargo contra el Art. 42 de la Ley 1122 de 2007 por la supuesta violacion del Art. 78 de la Constitucion, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  2. Segundo. DECLARAR EXEQUIBLE en forma condicionada, por los cargos analizados en esta sentencia, el Art. 42 de la Ley 1122 de 2007, en los terminos expresados en el numeral 10 de la parte motiva de esta sentencia, salvo el aparte "y la forma como deben contribuir, cada EPS para la financiacion de dicho Fondo", contenido en el inciso 2deg del mismo articulo, respecto del cual se ordena ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C- 950 de 2007 dictada por esta corporacion, que lo declaro INEXEQUIBLE.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 12cited by 2 →C-037/08C-089/94 — Proyecto De Ley Estatutaria N° 11/92 De La Camara Y 348/93 Del Senado. Partidos Politicos Y Campañas Electorales. Exequibles E Inexequibles · cited 199 timesC-089/941994C-155/03 — Decreto 1604 De 1966. Arts. 2 Y 5 (Ps.). Adoptado Como Legislacion Permanente Por Ley 48 De 1968. Decreto 2171 De 1992. Art. 11 (P.). Establ · cited 89 timesC-155/032003C-674/99 — Retencion De Mercancias A Quienes Compran Sin Factura. Dian. · cited 57 timesC-674/991999T-463/01 — Derecho De Peticion. Solicitud De Informacion A La Accionada. Existencia De Otro Mecanismo Para La Obtencion De Informacion No Es Obice Para · cited 56 timesT-463/012001C-522/02 — Regimen De Propiedad Horizontal. Un Voto Por Cada Unidad Privada En Decisiones Que No Comprometen El Patrimonio · cited 35 timesC-522/022002C-243/05 — Cedula De Extranjeria Y Certificado Judicial. Su Cobro Reúne Las Características De Una Tasa · cited 34 timesC-243/052005C-319/02 — Actuacion Administrativa. Administrados No Pueden Alegar Desconocimiento De Posibilidad De Interponer Recursos De Vía Gubernativa · cited 18 timesC-319/022002C-1150/03 — Ley 795 De 2003. Art. 24. Estatuto Organico Del Sistema Financiero. Defensor Del Cliente. Entidades Vigiladas Por La Superbancaria. Derecho · cited 11 timesC-1150/032003C-1056/12 — Inaplicacion Del Regimen De Conflicto De Intereses De Congresistas Cuando Participan En Debate Y Votacion De Proyectos De Actos Legislativos · cited 27 timesC-1056/122012T-098/08 · cited 8 timesT-098/082008
constitutional review unification tutela

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