A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Carlos Felipe Rojas Florez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia por cuanto se logró una adecuada presentación del concepto de violación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica contra el auto que rechazó la demanda de la referencia, por existir cosa juzgada constitucional.
La Sala Plena considera que el recurso incoado está llamado a prosperar, debido a que la demanda se orienta a cuestionar no sólo el artículo 1º (parcial) de la Ley 1184 de 2008, estudiado en la sentencia C-600/15, sino también parte del parágrafo 2º del artículo 2 de dicha ley, en los dos casos, por supuesta infracción de los artículos 1, 2, 11, 42 y 98 de la Constitución.
Con base en lo anterior, se revoca parcialmente el auto recurrido y, en consecuencia, se dispone continuar con el trámite correspondiente al análisis de la demanda en lo concerniente a los cargos presentados contra el parágrafo 2º del artículo 2º de la precitada ley, que no han sido objeto de pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR parcialmente el auto del quince (15) de octubre de dos mil quince (2015), que rechazo la demanda presentada por el ciudadano Carlos Felipe Rojas Florez contra los articulos 1 y 2 (parciales) de la Ley 1184 de 2011 "por la cual se regula la cuota de compensacion militar y se dictan otras disposiciones" y, como consecuencia, disponer que se continue con el tramite correspondiente al analisis de la demanda en lo concerniente a los cargos presentados contra el paragrafo 2o del articulo 2o de la Ley 1184 de 2008, que no han sido objeto de pronunciamiento de la Corte Constitucional.
- Segundo. COMUNICAR el contenido de esta decision al recurrente, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
- Comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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