T-895 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Herlinda Rosa Castañeda Maury·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad
- Vulneración por parte de Colpensiones al negar reconocimiento y pago de pensión especial de vejez al exigir un requisito que no se encuentra contemplado en la norma para acceder a la misma
- Reconocimiento del carácter fundamental en el ámbito internacional
- Alcance y contenido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aduce que Colpensiones vulneró derechos fundamentales, al negarle a la actora el reconocimiento y pago de la pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad, con el argumento de no cumplir con la condición de encontrarse laborando al momento de solicitar la mencionada prestación.
Se analiza el tema del contenido y la naturaleza jurídica del derecho a la seguridad social y, se hace referencia al atinente a la pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad.
Al encontrar probada la vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad social, a la vida digna y al mínimo vital, se CONCEDE la tutela y se ordena a la accionada reconocer y pagar la mencionada prestación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la decision adoptada el 29 de abril de 2014 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dentro del tramite de la accion de tutela promovida por Herlinda Rosa Castaneda Maury contra Colpensiones, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital, y a la vida digna
- SEGUNDO. ORDENAR a Colpensiones que en el termino de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, reconozca la pension especial de vejez por hijo en situacion de discapacidad a la senora Herlinda Rosa Castaneda Maury, y en un plazo no mayor a treinta (30) dias, realice el pago de las mesadas correspondientes, incluyendo aquellas sobre los cuales no haya operado el fenomeno de la prescripcion.
- TERCERO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.