T-883 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Fernando Gomez Roldan·Respondent Mundial De Cobranzas Sas Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por ausencia de elementos de juicio que permitan efectuar análisis de la prescripción para eliminar reporte negativo
- Se debió desplegar y agotar toda la actividad probatoria para haber decidido de fondo
- Procedencia, previa solicitud de corrección, aclaración, rectificación o actualización de información
- Jurisprudencia constitucional respecto a la prescripción de las obligaciones insolutas
- Facultad a su titular de conocer la información recogida en bancos de datos o archivos ya se trate de entidades públicas o privadas
- Concepto
- Deberes, obligaciones y responsabilidades de los operadores de información
- Línea jurisprudencial
- No existe vulneración cuando la información que reposa en las bases de datos es fidedigna y corresponde con la realidad de la situación
- Término de permanencia de cuatro (4) años contados a partir del momento en que se extinga la obligación, incluye la prescripción
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este asunto alega el accionante la vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y al habeas data, en virtud de la decisión de las entidades accionadas de abstenerse de eliminar el reporte negativo que pesa sobre él en la central de riesgos DATACREDITO, a pesar de que la obligación cuyo incumplimiento se reporta prescribió, además de que el término de caducidad del dato negativo feneció.
Por su parte, la entidad fuente de la información afirma que ese fenómeno aún no opera y que por tanto, le es posible mantener el reporte respecto del crédito insoluto.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con: 1º.
La procedencia de la acción de tutela para la protección del derecho al habeas data. 2º.
El alcance de los derechos fundamentales al buen nombre y al habeas data, particularmente en relación con la administración y manejo de la información financiera y crediticia. 3º.
La caducidad del dato financiero negativo y, 4º.
Análisis jurisprudencial de casos en los que se alega la prescripción de las obligaciones insolutas como fundamento de la solicitud de amparo del derecho al habeas data.
Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo deprecado. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la presente sentencia, los fallos de tutela emitidos por el Juzgado Trece Civil Municipal de Santiago de Cali, Valle del Cauca, el 1 de marzo de 2013, y por el Juzgado Trece Civil del Circuito de la misma ciudad, el dia 12 de abril de 2013, mediante las cuales se resolvio negar la solicitud de amparo formulada por el senor Fernando Gomez Roldan contra Mundial de Cobranzas S.A.S. y DataCredito.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.