JurídicoESEN
Tutela ruling (T)November 3, 2010

T-865 de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Claudia Adriana Cardenas Alvarado·Respondent Fondo Nacional Del Ahorro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra El Fondo Nacional Del Ahorro
  • Caso en que se realizó reliquidación de crédito de manera unilateral sin permitir el ejercicio del derecho de contradicción del titular y obtener su consentimiento para modificación de circunstancias pa
  • Procedencia por violación al debido proceso y los principios de buena fe y respeto por el acto propio al variar unilateralmente las condiciones del contrato de mutuo para la adquisición de vivienda
Fondo Nacional Del Ahorro
  • Vulneración de derechos al modificar el crédito de pesos a UVR sin información y aceptación previa del titular
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso, vivienda digna.

El accionante comenta que adquirió un crédito con el Fondo Nacional del Ahorro, en el año de 1999, pero que esta entidad cambio unilateralmente las condiciones del crédito a cuotas en UVR, solicita se ordene regresar su crédito a las condiciones inicialmente pactadas.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela, se pronuncia sobre la naturaleza jurídica del Fondo Nacional del Ahorro, las modificaciones unilaterales realizadas por el Fondo Nacional del Ahorro respecto de las condiciones de crédito de vivienda, que atentan contra el derecho fundamental al debido proceso y desconoce el principio de buena fe, respecto de los actos propios, se concluye que la entidad accionada quebrantó el principio de buena fé, y vulneró el derecho fundamental al debido proceso, dado que al actor no se le respetó la confianza legítima en las condiciones inicialmente pactadas en el contrato, por lo tanto se ordena reestablecer el crédito otorgado a las condiciones iniciales.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia la Sentencia proferida el
  2. primero. (01) de julio de dos mil diez (2010) por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Civil, la cual confirmo la Sentencia del veinticuatro (24) de mayo de dos mil diez (2010) del Juzgado Catorce Civil del Circuito de Bogota y, en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al debido proceso de la senora Claudia Adriana Cardenas Alvarado.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al Fondo Nacional del Ahorro que en el termino de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, restablezca el credito otorgado a la senora Claudia Adriana Cardenas Alvarado, en pesos segun lo pactado inicialmente. Una vez cumplido lo anterior, el Fondo Nacional del Ahorro debera verificar si dicho credito acata la prohibicion de capitalizacion de intereses. En el evento en que el credito resulte contrario, el Fondo Nacional del Ahorro debera brindarle a la senora Claudia Adriana Cardenas Alvarado informacion clara, precisa y oportuna respecto de dicha condicion, de tal manera que la peticionaria conozca suficientemente como opera el credito, la composicion de las cuotas, el comportamiento del credito y cual va a ser el procedimiento a seguir por parte del Fondo Nacional del Ahorro para ajustar el credito a la prohibicion de capitalizacion de intereses, conservando el pacto inicial en el sentido de que aquel se denominaria en pesos, teniendo en cuenta todos los pagos que la deudora ha efectuado..
  4. TERCERO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.