T-822 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Cayetano Delgado Y Otros Vs. Fondo Nacional Del Ahorro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por información insuficiente
- Redenominación de créditos hipotecarios
- Deber de informar a usuarios la redenominación de créditos hipotecarios
- Vulneración
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. CONCEDER las tutelas interpuestas por los senores Cayetano Delgado, Maria Avila de Gomez , Hernando Pena, Darcy Garcia, Jesus Alberto Zuniga Guzman, en contra del Fondo Nacional de Ahorro, por violacion al debido proceso en la reliquidacion y redenominacion de los creditos de los accionantes. En consecuencia se decide:
- a. En la tutela T-704631, REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogota, el 24 de enero de 2003, que nego el amparo solicitado.
- b. En la tutela T-705304 REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 39 Penal del Circuito de Bogota, el 15 de noviembre de 2002 y por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota. D.C., el 18 de diciembre de 2002, que declararon improcedente la accion.
- c. En la tutela T-737827 REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogota, el 3 de abril de 2003, que nego el amparo.
- d. En la tutela T-739028, REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 18 Penal del Circuito de Bogota, el 6 de febrero de 2003, y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, el 21 de marzo de 2003, que negaron la tutela.
- e. En la tutela T-731448 REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 8deg Penal del Circuito de Cali, el 24 de febrero de 2003, que declaro improcedente la accion.
- SEGUNDO. En su lugar, ORDENAR que en los cinco casos relacionados en el punto anterior, el Fondo Nacional de Ahorro, dentro del mes siguiente a la notificacion de la sentencia, informe a los cinco deudores de vivienda que interpusieron las tutelas, su situacion, relacionando con claridad, certeza y de manera comprensible los procedimientos de reliquidacion y redenominacion de creditos, a fin de que a los deudores se les permita formular reclamos, solicitar y presentar pruebas e interponer recursos; todo ello de acuerdo con las normas legales, la sentencia C-955 de 2000 y las Circulares de la Superintendencia Bancaria, como se indico en la parte motiva del presente fallo.
- TERCERO. ENVIAR copia de la presente sentencia a la Superintendencia Bancaria y a la Defensoria del Pueblo para que adopten las medidas que estimen pertinentes; lo cual no impide que quienes fueron jueces de primera instancia en las respectivas tutelas, tramiten el cumplimiento del fallo y, si fuere del caso, los correspondientes desacatos si a ello hubiere lugar.
- CUARTO. Por secretaria de la Corporacion se dara cumplimiento a lo estipulado en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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