T-861 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Luis Alfredo Aguirre Rios·Respondent Cafesalud E.P.S S
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Cafesalud suministro de gotas oftalmológicas para tratamiento de glaucoma que padece
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud.
La Sala de Revisión concede la tutela al accionante y le ordena a CAFESALUD E.P.S.
S suministrarle los medicamentos ordenados por el médico tratante, en la cantidad, calidad y periodicidad prescritas.
Se advierte a la demandada que se abstenga de actuar de forma tal, que sus acciones u omisiones pongan en riesgo el derecho a la salud del demandante y especialmente, que se abstenga de suspender arbitrariamente los servicios médicos actuales o futuros que sean requeridos por el actor para el tratamiento del glaucoma que padece.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia de única instancia, proferida por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Mariquita, el quince (15) de junio de dos mil once (2011), dentro del proceso de tutela de Luis Alfredo Aguirre Ríos contra Cafesalud EPS, en la cual se declaró la improcedencia de la presente acción, y en su lugar AMPARAR el derecho fundamental a la salud del peticionario.
- Segundo. ORDENAR a Cafesalud EPS-S que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, suministre al señor Luis Alfredo Aguirre Ríos los medicamentos gotas oftalmológicas Dorsolamida al 2% y Timolol al 0.5. %, en la cantidad, calidad y con la periodicidad ordenada por su médico tratante.
- Tercero. ADVERTIR a la Cafesalud EPS que se abstenga de actuar de forma tal, que sus acciones u omisiones, pongan en riesgo el derecho a la salud del señor Luis Alfredo Aguirre Ríos, especialmente, que se abstenga de suspender arbitrariamente los servicios médicos, actuales o futuros, que sean requeridos por el actor para el tratamiento del glaucoma que padece.
- Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.