T-854 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Martha Cecilia Paez Parra·Respondent Humana Vivir E.P.S
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Humanavivir realizar examen y tratamiento integral, oportuno, eficaz y de calidad que le sea prescrito por el médico tratante
- Vulneración por EPS al negarse a practicar examen incluido en el POS a la accionante quien padece cáncer de linfoma no hodgkin
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida digna, salud, seguridad social.
A la demandante se le diagnosticó un linfoma no-Hodgkin agresivo y su médico tratante le ordenó la practica de dos exámenes especializados, los cuales fueron autorizados por la E.P.S.
HUMANA VIVIR con la indicación de que se le realizarían en la I.P.S.
Unión Temporal Hospital Cardiovascular del Niño de Cundinamarca, institución que sólo le practicó un examen, debido a que no tenía las condiciones para realizar el otro estudio.
Al solicitar a su E.P.S. la asignación de una nueva I.P.S. para la práctica del examen faltante, obtuvo una respuesta negativa bajo el argumento de no tener contrato con ninguna otra institución que pudiera prestar el servicio requerido.
Se reitera jurisprudencia referente al derecho fundamental a la salud y la protección especial en caso de enfermedades catastróficas y se decide conceder el amparo solicitado.
Se ordena a la demandada realizar el examen a la actora y continuar prestándole a la misma, una atención integral, oportuna, eficaz y de calidad, en lo que le sea prescrito por el médico tratante.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en junio 16 de 2011, por el Juzgado 38 Penal del Circuito de Bogota, que en su momento confirmo el dictado en mayo 3 de 2011, por el Juzgado 26 Penal Municipal de la misma ciudad, que denego el amparo pedido por la senora Martha Cecilia Paez Parra, contra Humanavivir EPS. En su lugar, se dispone TUTELAR sus derechos fundamentales a la vida digna, la salud y la seguridad social.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR a Humanavivir EPS, a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha dispuesto, en un termino no superior a cuarenta y ocho (48) horas disponga y haga efectuar el examen "electromiografia en cada extremidad uno o mas musculos" y le siga prestando una atencion integral, oportuna, eficaz y de calidad, en lo que le sea prescrito por el medico tratante a la senora Martha Cecilia Paez Parra, sin carga alguna para la mencionada paciente.
- Tercero. Por Secretaria General de esta corporacion, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.