T-823 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Claimant A.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Protección constitucional especial
- Deber de trato especial
- Protección constitucional especial e internacional
- Grupo heterogéneo
- Discriminación por omisión de trato especial
- Concepto
- Procedencia definitiva para protección de derechos fundamentales
- Restricción circulación en persona que no puede conducir su propio vehículo
- Diferencias que de hecho existen entre personas
- Restricción circulación de vehículos que dispongan de adaptaciones para el servicio
- Permiso de circulación en vehículo particular durante horas de restricción
- Aplicación de norma superior e inaplicación de disposición reglamentaria
- Trato diferenciado entre personas discapacitadas
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 13 de mayo de 1999, por el Juzgado Trece (13) de Familia de Santa Fe de Bogotá y, en su lugar, CONCEDER la acción de tutela impetrada. En consecuencia, se ORDENA a la Secretaría de Tránsito y Transporte del Distrito Capital Santa Fe de Bogotá, que en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de la presente providencia, autorice la circulación del vehículo de propiedad del actor durante el horario de restricción establecido mediante el Decreto 626 de 15 de julio de 1998, bajo la condición de que el mencionado vehículo sólo podrá circular durante el término de la restricción si se utiliza como medio de transporte del actor.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado Trece (13) de Familia de Santa Fe de Bogotá que, con la notificación de la presente providencia, envíe a la entidad demandada copia de todo el expediente a fin de que proceda a la identificación plena del actor.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que adopte todas las previsiones necesarias para mantener el derecho a la intimidad del actor.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.