T-728 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Nelson Figueroa Fandiño Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental
- Requisitos que deben cumplir pacientes con enfermedades catastróficas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud de afiliado que padece artritis reumatoide severa progresiva y a quien la entidad se niega a suministrar un medicamento no pos formulado por su medico tratante.
Solicita se ordene el suministro del medicamento formulado.
Eventos en que se desconoce el derecho a la salud en conexidad con los derechos a la vida y la integridad de una persona que requiere un servicio medico no incluido dentro del pos.
Es claro que el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la integridad física del accionante se encuentra amenazado por cuanto el iss ha tardado injustificadamente la entrega del medicamento que le fue ordenado por su medico tratante.
Accion de repetición contra fosyga.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil, de Familia y Laboral del Tribunal Superior de Valledupar.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Tercero. de Familia de Valledupar que tuteló el derecho a la salud de Nelson Figueroa Fandiño y ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales EPS - Seccional Cesar - que dentro de los cinco días calendario siguientes a la notificación de esta sentencia, le suministre al señor Nelson Figueroa Fandiño el medicamento adalimuned (humira) en la dosis que fue prescrita por su médico tratante.
- Tercero. RECONOCER al Instituto de Seguros Sociales EPS - Seccional Cesar - el derecho a cobrar al Estado, a través del Fosyga, todos los gastos en los que incurra y que legalmente no le corresponda asumir; el Fosyga dispondrá de quince (15) días para reconocer lo debido o indicar la fecha máxima en la cual lo hará, fecha que no podrá exceder de seis (6) meses una vez presentada la solicitud para el pago por la EPS.
- Cuarto. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado
- Tercero. de Familia de Valledupar notificará esta sentencia dentro del término de tres días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.