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Tutela ruling (T)December 13, 2016

T-698 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Jose·Respondent Tribunal Administrativo De Bolivar Y Otros

✓
Topic · hard data
Prueba De Violencia Sexual En Accion De Reparacion Directa Por Reclusion De Miembros De La Fuerza Publica En Establecimiento Carcelario.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Medios De Prueba De Violencia Sexual
  • Dictámenes periciales, indicios, testimonio de las víctimas
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Procedencia por defecto fáctico al realizar valoración contraria a las reglas de la sana crítica, por no encontrar probado el nexo entre el daño y la falla del servicio, en caso de violencia sexual contra mi
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Régimen de responsabilidad estatal cuando se alega afectación de los derechos de los internos
Evaluacion Probatoria En Materia De Violencia Sexual
  • Aplicación del criterio de “certeza más allá de toda duda razonable” no puede constituirse en una barrera judicial para las víctimas de este tipo de violencia
Regimen De Responsabilidad Estatal Por Los Daños Causados A Personas Privadas De La Libertad
  • Caso de violencia sexual contra miembro de la Fuerza Pública en centro carcelario
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Violencia Sexual
  • No es necesario contar con evidencia física para que se investigue un caso de violencia sexual(S
  • Dificultades y límites probatorios(S.
7 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a decisiones judiciales proferidas al interior de un proceso de reparación directa que inició el actor en contra del INPEC, en el cual se desestimaron las pretensiones bajo el argumento de encontrarse probados ni el daño ni el nexo causal que hiciera posible imputar responsabilidad del demandado por falla en el servicio.

El actor inició el proceso con miras a buscar su resarcimiento por los daños materiales, morales y psicológicos causados en su vida, derivados de su reclusión ilegal en la que fue objeto de malos tratos, torturas y violación sexual.

Se aduce, que los fallos cuestionados incurrieron en defecto fáctico por indebida valoración probatoria.

Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales; se realiza una contextualización del defecto fáctico y, se aborda temática relacionada con el desconocimiento de las reglas de la sana crítica¸ las dificultares y límites probatorios en materia de violencia sexual; aplicación del criterio de “certeza más allá de toda duda razonable” y, el régimen de responsabilidad estatal cuando se alega afectación de los derechos de las personas privadas de la libertad por parte del Estado.

La Corte considera que los jueces no tuvieron en cuenta el estándar probatorio usado para evaluar casos de violencia sexual, por lo cual incurrieron en defecto fáctico al descartar la ocurrencia del daño y del nexo causal en el proceso de reparación directa, a pesar de existir elementos de prueba suficientes, pertinentes y conducentes que arrojaban una conclusión contraria a la establecida por ellos.

Se CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 21 de abril de 2016, por la Sección Primera del Consejo de Estado, que en su momento confirmó el dictado el 18 de febrero de ese año, por la Sección Quinta de esa misma Corporación, por el cual se había negado el amparo solicitado en la presente acción de tutela.
  2. SEGUNDO. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de Daniel Geovany Neira Ríos. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sentencia dictada en segunda instancia, el 30 de octubre de 2015, por el Tribunal Administrativo de Bolívar dentro del proceso de reparación directa, promovido por el accionante contra el INPEC.
  3. TERCERO. ORDENAR Tribunal Administrativo de Bolívar que, dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de esta providencia, profiera un nuevo fallo en el que se tenga en cuenta todas las consideraciones de esta providencia.
  4. CUARTO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Bolívar que remita copia de la nueva sentencia a esta Sala de Revisión de Tutelas y al juez de primera instancia en tutela (Sección Quinta del Consejo de Estado), dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su expedición.
  5. QUINTO. Por Secretaría General, LIBRAR la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 47cited by 5 →T-698/16C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-231/94 — Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente. · cited 1,016 timesT-231/941994T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000T-126/18 — Enfoque De Genero En El Lenguaje Utilizado En Decisiones Judiciales En Caso De Victimas De Violencia Sexual. · cited 35 timesT-126/182018T-210/23 — Derecho A La Educación Libre De Violencia Y Discriminación Por Razones De Género, Debido Proceso, Integridad Personal, Libre Desarrollo De L · cited 18 timesT-210/232023T-497/17 — Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Vivienda Digna. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judiicial. · cited 15 timesT-497/172017T-475/18 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Factico Por Omitir Valoracion Probatoria En Proceso De Reparacion D · cited 11 timesT-475/182018T-458/21 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales.Procedencia Por Defecto Factico Y Desconocimiento Del Precedente En Accion De Reparacion De T-458/212021
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.