T-670 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Eduardo Escobar Agredo·Respondent Bbva Horizonte Pensiones Y Cesantias
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Desde cuando individuo pierde de forma permanente y definitiva su capacidad laboral
- Procedencia excepcional
- Improcedencia por no cumplir requisito de haber cotizado al menos 50 semanas en los 3 años anteriores a la estructuración de invalidez
- Si bien decisión de improcedencia se ajusta a lo dispuesto en art. 39 de la ley 100/93, la situación particular y excepcional del accionante justificaba aplicación directa de los principios de d
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos de procedencia excepcional
- Casos en que no se cumple a cabalidad periodos mínimos de cotización y esto derive en afectación del derecho a la seguridad social y la vida digna, es procedente inaplicar disposición por excepción de inconstitucionalidad
- Se deben contabilizar semanas cotizadas con posterioridad a la fecha de estructuración de invalidez para cumplir con el requisito de las 50 semanas
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante tiene treinta años de edad, es padre cabeza de familia y tiene a su cargo a su esposa y tres hijos menores de edad.
Luego de que le fuera dictaminada una pérdida de la capacidad laboral del 72.25%, solicitó a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantías el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, pretensión que fue rechazada por la entidad oponiendo el incumplimiento del requisito de las cincuenta semanas de cotización en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
Procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de prestaciones sociales.
La pensión de invalidez y los requisitos exigidos para su reconocimiento.
Al no evidenciarse la vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital alegada, se DENIEGA la acción de tutela deprecada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Juzgado 2deg Penal del Circuito de Palmira, Valle, el 7 de marzo de 2013, dentro del proceso de tutela promovido por Eduardo Escobar Agredo contra BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias, exclusivamente por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.