T-656 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Instituto Nacional De Vias·Respondent Juzgado Promiscuo Del Circuito De Sucre
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Casos en que procede
- Causales de carácter general y específico
- Clases de defectos
- Procedencia porque cumple con el requisito de inmediatez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, defensa.
El Juzgado accionado profirió sentencia el 29 de agosto de 2008 y el 1 de septiembre de 2008, dentro de cuatro procesos ordinarios de naturaleza agraria done la entidad accionante resultó condenada al pago de tres mil quinientos millones ciento cuarenta mil pesos, por lo tanto el 29 de octubre de 2008, un vez terminado el paro judicial, la actora interpuso recurso de apelación, el cual fue negado por extemporáneo, se afirma que el despacho no tuvo en cuenta la forma de contar los términos judiciales y desconoció que dichos términos se encontraban suspendidos por el paro.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra las providencias judiciales, la improcedencia de la acción de tutela por no haber agotado los mecanismos de defensa al alcance y la procedencia de la acción de tutela por imposibilidad física de emplear los recursos disponibles, se encuentra que en tres de los procesos adelantados contra INVIAS la entidad no agotó todos los mecanismos necesarios, antes de interponer la acción de tutela, en vista de esta situación no es posible conceder el amparo invocado, pero en el cuarto caso se hace evidente que la accionante no tuvo la oportunidad real para interponerlos recursos disponibles y por lo tanto se vulnero su derecho al debido proceso.
Concede parcialmente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, el dia 20 de marzo de 2009, que denego el amparo solicitado por el apoderado Judicial del Instituto Nacional de Vias - INVIAS por las razones senaladas en este providencia, por las razones expuestas en esta sentencia. CONCEDER el amparo solicitado por el apoderado Judicial del Instituto Nacional de Vias - INVIAS en relacion con el proceso reivindicatorio seguido contra INVIAS, radicado con el No. 2006-0095-00, demandante: Francisco Manuel Aguas Perez.
- Segundo. ORDENAR al Juez Promiscuo del Circuito de Sucre, dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion del presente fallo, fije en relacion proceso reivindicatorio seguido contra INVIAS, radicado con el No. 2006-0095-00, demandante: Francisco Manuel Aguas Perez, un nuevo edicto emplazatorio para que el accionante tenga la oportunidad procesal de interponer los recursos ordinarios a que haya lugar.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.