T-653 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Sociedad Cheltex Ltda Vs. Tribunal Superior De Distrito Judicial De Barranquilla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Indebida interpretación de norma procesal
- Clases de defectos en la actuación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso de persona juridica por el rechazo del recurso de anulación del laudo arbitral dictado por el tribunal de arbitramento convocado contra la empresa celcaribe.
Solicita se ordene al tribunal admitir le recurso de anulación presentado contra el laudo del 18 de junio de 2004.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra providencias judiciales cuando constituyen vias de hecho.
En este caso el recurso de anulación fue interpuesto en forma oportuna es decir dentro de los cinco dias siguientes a la notificacion de la providencia que resolvió sobre la aclaracion solicitada y que resulta errónea la interpretacion del tribunal.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia de Segunda instancia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que rechazó por improcedente la tutela impetrada y CONFIRMAR la Sentencia de primera instancia proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la cual se concedió el amparo solicitado.
- SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, queda SIN EFECTO la providencia de 28 de junio de 2004 dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla y se dispone que éste, dentro del término de 48 horas contado a partir de la notificación de ésta providencia, vuelva a decidir sobre la admisibilidad del recurso de anulación, con prescindencia del argumento relativo a la extemporaneidad del recurso.
- TERCERO. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.