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Tutela ruling (T)September 4, 2014

T-651 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Jaime De Jesus Restrepo Carmona·Respondent Capital Salud E.P.S. S

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Diagnostico
  • Aspectos que contiene
  • Fundamental como parte de la salud
Entidad Promotora De Salud
  • Casos en que medicamento comercial puede ser reemplazado por otro genérico
Derecho A La Salud
  • Médico tratante es el único capaz de determinar la idoneidad de un tratamiento médico
Concepto Cientifico Del Medico Tratante
  • Es el principal criterio para establecer si se requiere un servicio de salud
Medico Tratante
  • Persona idónea para determinar cuál es el tratamiento médico a seguir frente a patología concreta
Derecho A La Salud Y Derecho Al Diagnostico
  • Orden a EPS-S practicar valoración por medicina especializada para determinar el estado actual de salud del actor y la procedencia o no de la cirugía de próstata
Tratamiento Medico
  • Juez solo puede ordenar lo indicado por el médico tratante
8 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se presenta la acción de tutela en contra de Capital Salud E.P.S-S, para reclamar la protección de los derechos fundamentales que se consideran vulnerados, por la negativa de practicarle al actor una cirugía de próstata y retiro de la sonda urinaria, so pretexto de no existir orden médica para ello.

Se realiza un breve recuento jurisprudencial de temas como el concepto del médico tratante como principal criterio para otorgar los servicios en salud; la imposibilidad del juez de ordenar el reconocimiento de prestaciones en salud sin orden médica en dicho sentido y; el derecho al diagnóstico.

Pese a confirmar la decisión de instancia que negó el amparo solicitado, la Sala de Revisión, con el fin de asegurar el goce efectivo de los derechos constitucionales a la salud y el diagnóstico del actor, ordena a la accionada practicarle una valoración por medicina especializada en urología, a efectos de determinar su estado actual de salud y la procedencia o no de la cirugía de próstata. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia, el fallo de tutela proferido el 21 de febrero de 2014 por el Juzgado 28 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá que denegó el amparo impetrado por Jaime de Jesús Restrepo Carmona contra Capital Salud EPS-S.
  2. SEGUNDO. Con el fin de asegurar el goce efectivo de los derechos constitucionales a la salud y al diagnóstico de Jaime de Jesús Restrepo Carmona, ORDENAR, a través de la Secretaría de esta Corporación, a Capital Salud EPS-S que, si aún no se ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, ordene la práctica de una valoración por medicina especializada -Urología-, a efectos de determinar el estado actual de salud del actor y la procedencia o no de la cirugía de próstata.
  3. En todo caso, la práctica de las pruebas diagnósticas requeridas deberá realizarse en un término no mayor a cinco (5) días, contados a partir de la notificación de la presente sentencia. Estas actuaciones habrán de adelantarse sin dilaciones ni omisiones injustificadas, siempre con la plena observancia y acatamiento de los requisitos normativos y procedimientos establecidos, y teniendo como finalidad última la prestación del servicio médico solicitado, a la mayor brevedad posible.
  4. TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.