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Tutela ruling (T)August 25, 2014

T-609 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio

✓Claimant Carlos Mosquera Murillo Y Otros·Respondent Tribunal Superior De Quibdo

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Evolución jurisprudencial
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Debido Proceso Y Acceso A La Administracion De Justicia
  • Orden a Tribunal determinar si el demandado es responsable de los hechos, si se encuentra acreditada una causal eximente de responsabilidad o si resulta necesario graduar la responsabilidad de ambas
Defecto Factico Por Indebida Valoracion Probatoria
  • Si para el Tribunal generaba duda lo contenido en el informe de la policía, debió decretar las pruebas que considerara necesarias para aclarar la veracidad de los hechos y dilucidar la causa determinante
Fuente De Responsabilidad Civil Extracontractual Derivada De Actividades Peligrosas
  • Desarrollo jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia
Providencia Inhibitoria
  • Carácter excepcional
  • Naturaleza
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso, acceso a la administración de justicia.

Se instaura la acción de tutela en contra de la autoridad judicial que en el trámite de una demanda ordinaria de responsabilidad civil extracontractual, iniciado por el accionante y otros de sus familiares en contra de la empresa Flota Occidental S.A., por hechos relacionados con un accidente de tránsito que involucró a un vehículo de dicha empresa, a su conductor y al actor, decidió revocar el fallo de primera instancia y en su lugar denegar las pretensiones invocadas, declarando no probada la excepción de culpa exclusiva de la víctima, alegada por el recurrente.

Se analiza temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, la responsabilidad civil extracontractual en actividades peligrosas y el derecho fundamental al acceso a la administración de justicia.

Para la Sala, la autoridad judicial incurrió en un defecto fáctico por una indebida valoración de las pruebas y, por ello, decide CONCEDER la protección solicitada.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 22 de enero de 2014 por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmo la sentencia proferida el 15 de noviembre de 2013 por la Sala de Casacion Civil de la misma corporacion. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia del senor CARLOS MOSQUERA MURILLO y las senoras GLORIA MARCELA MOSQUERA MURILLO -en calidad de madre de la victima- actuando en nombre y representacion de su hija menor GLORIA MARCELA MOSQUERA MURILLO y YESENIA MOSQUERA MURILLO, en los terminos expuestos en esta providencia.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida el 1 de agosto de 2013 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdo, que revoco la emitida por el Juzgado Civil del Circuito de Quibdo el 13 de diciembre de 2012, mediante la cual declaro civil y solidariamente responsables a la empresa FLOTA OCCIDENTAL S.A. y al senor JULIO CESAR LOPEZ OSSA por las lesiones ocasionadas al senor CARLOS MOSQUERA MURILLO en el accidente de transito ocurrido del 3 de septiembre de 2008.
  3. Tercero. ORDENAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdo que, dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la notificacion de esta decision, profiera una nueva sentencia en la que decida de fondo el asunto y determine de manera especifica si el demandado es responsable por los hechos acaecidos el 3 de septiembre de 2008, si se encuentra acreditada la culpa exclusiva de la victima u otra causal eximente de responsabilidad o si resulta necesario graduar la responsabilidad de ambas partes por tratarse de una actividad peligrosa concurrente. Esto, acudiendo al analisis especifico y concreto sobre cada una de las pruebas que obran en el expediente, tal y como lo hizo el juez de primera instancia o, de considerar que el material probatorio no es suficiente, decretando de oficio las pruebas que considere necesarias para llegar a la verdad de los hechos y emitir una decision de fondo.
  4. Cuarto. Por Secretaria General de la Corte Constitucional INFORMAR de esta providencia a las demas partes involucradas dentro del proceso ordinario de responsabilidad civil extracontractual, esto es, la empresa FLOTA OCCIDENTAL S.A. y al senor JULIO CESAR LOPEZ OSSA, como parte demandada, y a EQUIDAD SEGUROS GENERALES, como vinculado al proceso por llamamiento en garantia.
  5. Quinto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 35cited by 6 →T-609/14C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000T-1031/01 — Debido Proceso. Solicitud Beneficios Por Colaborar Con La Justicia En Relacion A Actividades De Las Autodefensas En El Magdalena Medio. Exim · cited 734 timesT-1031/012001T-273/15 · cited 91 timesT-273/152015T-549/16 — Bienes Baldios. Regimen Juridico Aplicable. Reiteracion T-488/14 Y T-461/16. · cited 12 timesT-549/162016SU.209/21 — Prohibicion De Doble Militancia · cited 11 timesSU.209/212021T-869/14 · cited 3 timesT-869/142014SU.011/20 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Improcedencia Por Inexistencia De Defectos Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente En Ma · cited 2 timesSU.011/202020A. 1947/24 — Demanda De Responsabilidad Civil Extracontractual Contra Entidades Públicas Y Particulares De Manera Concurrente.A. 1947/242024
constitutional review unification tutela

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