T-575 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Aliansalud E.P.S.·Respondent Consejo De Estado Seccion Cuarta
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Recae sobre su representante
- Entidad pública
- Improcedencia por cuanto las sentencias del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho fueron congruentes con lo pedido y recayeron sobre aspectos de pertinencia
- Configuración
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Término razonable debe valorarse en cada caso concreto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Tutela contra providencia judicial.
La E.P.S. aduce que la autoridad judicial demandada vulneró su derecho fundamental al debido proceso, así como los derechos de sus usuarios a la salud y a la seguridad social, al proferir sentencia dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que promovió en contra de varios actos administrativos dictados por la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá, negando las pretensiones de la demanda.
Alega, que en dicho fallo se incurrió en un defecto fáctico, porque no se le dio valor probatorio a una certificación del revisor fiscal de la empresa.
Se abordan los temas de la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y el del defecto fáctico por indebida valoración probatoria.
Se NIEGA el amparo solicitado. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos para fallar el presente asunto, decretada por la Sala de Revisión en auto del 29 de junio de 2011.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida el 28 de octubre de 2010 por Consejo de Estado, Sección Quinta, que declaró la improcedencia de la acción de tutela de la referencia, y, en su lugar, NEGAR el amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.