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Tutela ruling (T)July 29, 2014

T-570 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Maria Edilma Tavera Espinosa·Respondent Savia Salud E.P.S. Y Otras

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio De Continuidad En La Prestacion Del Servicio De Salud
  • Prevenir a EPS no incurrir en actuaciones dilatorias injustificadas en los trámites de autorización de procedimientos médicos requeridos con urgencia, prescritos por médicos especializados af
Derecho A La Salud Y Suministro De Medicamento Que No Tiene Aprobacion Del Invima
  • Deben ser garantizados cuando una persona los requiera con base en la mejor evidencia científica disponible
Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
  • Configuración
  • Fallecimiento de la persona en nombre de quien se interpuso la tutela
Concepto Cientifico Del Medico Tratante
  • Es el principal criterio para establecer si se requiere un servicio de salud
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de las entidades accionadas se atribuye, a la falta de suministro de un medicamento requerido por la progenitora del accionante, para ser utilizado en las sesiones de quimioterapia que le fueron ordenadas.

Las entidades argumentaron que el medicamento se encontraba excluido del POS y que su uso, en el tipo de cáncer padecido por la agenciada, no había sido avalado por el INVIMA.

En sede de revisión la Sala se enteró que la agenciada falleció a consecuencia de su enfermedad catastrófica, sin que le realizaran las sesiones de quimioterapias solicitadas.

A pesar de advertir que se había configurado una carencia actual de objeto por daño consumado, la Corte realizó un recuento jurisprudencial de temas como la garantía de acceso al servicio de salud, el concepto del médico tratante como principal criterio para otorgar los servicios en salud y, el suministro de medicamentos con uso no registrado y autorizado por el INVIMA.

Se advierte a las accionadas que no vuelvan a incurrir en actuaciones dilatorias injustificadas en los trámites de autorización de procedimientos médicos requeridos con urgencia y prescritos por médicos especializados afiliados a su red, toda vez que ello atenta contra las garantías constitucionales de los usuarios y desconoce su obligación de garantizar la prestación real, efectiva y oportuna de los servicios de salud.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 3 de febrero de 2014 por el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Medellín.
  2. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por daño consumado en la presente acción de tutela.
  3. SEGUNDO. PREVENIR a las entidades Savia Salud EPSS / Alianza Medellín Antioquia EPS SAS y Comfama EPSS para que no vuelvan a incurrir en actuaciones dilatorias injustificadas en los trámites de autorización de procedimientos médicos requeridos con urgencia, prescritos por médicos especializados afiliados a su red, toda vez que ello atenta contra las garantías constitucionales de los usuarios y desconoce su obligación de garantizar la prestación real, efectiva y oportuna de los servicios de salud.
  4. TERCERO. Por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, REMITIR copia de esta decisión de tutela a la Superintendencia Nacional de Salud, para que, si así lo considera y en el ámbito de sus competencias, inicie las investigaciones a que haya lugar contra Savia Salud EPSS / Alianza Medellín Antioquia EPS SAS y Comfama EPSS, con ocasión de la violación a los derechos fundamentales de Maria Edilma Tavera Espinosa, para que allí, de estimarlo procedente, se impongan las sanciones a que haya lugar.
  5. CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.