T-500 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Elkin Alonso Castaño En Calidad De Representante Legal De La Sociedad Apuestas En Linea S.A.·Respondent Superintendencia Nacional De Salud Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional a pesar de existir otro medio de defensa judicial
- Observancia por parte de la administración pública
- No vulneración por cuanto la Lotería de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud se ajustaron al procedimiento para realización de estudio de mercado y la modificación unilateral del contrato de concesión
- Inexistencia por no vulneración del debido proceso
- Características
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso administrativo.
Dentro de un proceso licitatorio, la Lotería de Bogotá adjudicó a la sociedad demandante, la concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance en Bogotá y el Departamento de Cundinamarca, bajo su control, fiscalización y supervisión.
En el contrato suscrito se incorporó una cláusula donde se estableció el valor del contrato por un monto total, sin prever incremento alguno.
La Superintendencia Nacional de Salud, ente que ejerce la inspección, vigilancia y control de los recursos de los monopolios de juego de suerte y azar, decidió ordenar un estudio de mercadeo selectivo con referencia al objeto del anterior contrato y consecuencialmente, instruyó a la Lotería de Bogotá para que ajustara el contrato de concesión por la operación de juegos permanentes, sin permitir que la accionante interpusiera los recursos pertinentes u objetara las conclusiones del mencionado estudio.
La Sala entra a analizar previamente, si para el caso concreto procede la acción de tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
Así mismo analiza el asunto con base en la siguiente temática: i).
El debido proceso administrativo y su observancia por parte de la administración y ii).
La procedencia excepcional de la acción de tutela frente a la existencia de otro medio de defensa.
A juicio de la Sala, la tutela de la referencia es improcedente por la existencia de otros mecanismos de defensa judicial, específicamente ante el contencioso administrativo, así mismo porque no existen elementos de juicio que permitan concluir la inminencia de un perjuicio irremediable originado en la vulneración de derechos fundamentales.
NEGADA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Por las razones aducidas en la parte considerativa de esta providencia, CONFIRMAR la sentencia proferida el 25 de noviembre de 2010 por la Seccion Cuarta Sub-Seccion "A" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que nego la proteccion solicitada por la entidad tutelante.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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