T-489 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Diana Maria Medina Espinosa·Respondent Avianca S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Falta de competencia de la entidad ante quien se solicita la información no la exonera de contestar
- Elementos característicos y su alcance
- Orden resolver de fondo solicitudes de traslado y licencia por calamidad doméstica a la accionante, para atender enfermedad de autismo de su hijo menor
- Vulneración por empleador, al no dar respuesta de fondo sobre solicitud de traslado laboral y licencia por calamidad doméstica
- Hecho superado y daño consumado
- Orden a empleador inicie un curso de derechos humanos e importancia del cumplimiento de decisiones judiciales, específicamente C-930/09
- Garantía derivada de los principios de solidaridad y dignidad, y del respecto a los derechos del trabajador
- Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
- Procedencia excepcional cuando afecta derechos fundamentales
- Requisitos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se pretende con la acción de tutela que se ordene a AVIANCA S.A. responder de fondo las peticiones formuladas por la actora, en las que le solicitó que le fuera autorizado su traslado laboral a la ciudad de Bogotá, debido a que su hijo fue diagnosticado con autismo y solo en la Capital puede integrar completamente a su familia y acceder a un tratamiento alternativo con el método “tomatis”.
Igualmente, porque no obtuvo respuesta a la propuesta de obtener un permiso por grave calamidad doméstica, hasta que se hiciera efectiva la petición de traslado.
Previo a analizar el caso en concreto, la Sala abordó el estudio de temas relacionados con el alcance y componentes del derecho fundamental de petición, los eventos en que se configura la carencia de objeto cuando se decide un amparo constitucional y el alcance de la acción de tutela para disponer traslados laborales.
Se CONCEDE la protección de los derechos de petición y protección familiar y se ordena a la accionada dar respuesta clara y de fondo a las solicitudes de traslado y licencia presentadas por la actora, conforme a las previsiones del presente fallo y atendiendo la parte motiva y resolutiva de la sentencia C-930/09.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (12 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Bogotá, fechada 19 de diciembre de 2013 y, en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos de petición y a la protección familiar, invocados por la ciudadana Diana María Medina Espinosa contra Avianca S.A.
- SEGUNDO. ORDENAR que en el término de las 48 siguientes a la notificación de esta providencia, Avianca S.A. dé respuesta clara y de fondo a las solicitudes de traslado y licencia elevadas por Diana María Medina Espinosa, conforme a las previsiones de este fallo y atendiendo la parte motiva y resolutiva de la sentencia C-930 de 2009.
- TERCERO. Teniendo en cuenta que Avianca S.A. desconoció de manera flagrante la sentencia C-930 de 2009, ORDENAR al representante legal de esa sociedad que disponga lo necesario para que en el término de 2 meses todos los integrantes de la Gerencia de Relaciones Laborales inicien la participación activa de un curso de derechos humanos y sobre la importancia del cumplimiento de las decisiones de constitucionalidad.
- CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
- Magistrado
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.