T-480 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Diego Bejarano Daza, Apoderado De La Beneficencia De Cundinamarca·Respondent Ministerio De Hacienda Y Credito Publico
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia de modificar órdenes contenidas en sentencia SU484/08
- Los alcances de las providencias y las órdenes consignadas en una decisión de tutela de la Corte Constitucional no son susceptibles de reforma
- Alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
<br>Perjuicio irremediable, mecanismo transitorio.
El accionante actuando como apoderado de la Beneficencia de Cundinamarca presentó la acción de tutela en contra del Ministerio de Hacienda, por el cobro coactivo que le iniciara esta entidad con base en la aplicación de la sentencia de la Corte Constitucional SU-484-08.
Lo que se pretende con la acción, es evitar que se cause un perjuicio irremediable a la entidad demandante, mientras se acude a la jurisdicción contencioso administrativa para definir las relaciones entre ésta y el Ministerio y su respectiva responsabilidad patrimonial, en los términos y condiciones señalados en la referida sentencia.
Se aduce en la demanda, que el monto de las acreencias laborales de los trabajadores del Hospital San Juan de Dios y el Instituto Materno Infantil sobrepasa los dos billones y medio de pesos, cuando el presupuesto asignado a la misma entidad no llega a los 100 mil millones de pesos, con lo cual, de cancelar el porcentaje que le corresponde asumir, se pondría en peligro la propia existencia de la Beneficencia y los derechos fundamentales de las personas que se encuentran amparadas por ésta. .
La Sala, luego de estudiar si vía tutela es procedente modificar las órdenes dadas por la Corporación en un fallo de unificación, ante la supuesta eventualidad de un perjuicio irremediable en el cumplimiento del mismo y de analizar si dicha acción es el medio idóneo para suspender un proceso de cobro coactivo iniciado en cumplimiento de tales órdenes, resuelve negar la protección solicitada por la entidad tutelante.
NEGADA <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Por las razones aducidas en la parte considerativa de esta providencia, CONFIRMAR la sentencia del 16 de diciembre de 2010 proferida por la Seccion Primera del Consejo de Estado que nego la proteccion solicitada por la entidad tutelante.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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