T-425 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Erica Yuliana Zapata Giraldo·Respondent Eps Sura
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
- Procedencia excepcional
- Congreso de la República
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la EPS SURA, como consecuencia de negarse a reconocer a favor de la actora, el pago de unas incapacidades médicas superiores a 180 días.
La peticionaria como practicante del SENA, fue vinculada a una empresa mediante contrato de aprendizaje por el término de un año, de tal manera que fue afiliada por su patrocinador en salud a la entidad accionada y en riesgos profesionales a la ARL SURA.
Durante la vigencia contractual, le fue diagnosticado un tumor maligno de los huesos largos en miembro inferior y esta enfermedad fue catalogada como de origen común.
Las incapacidades se prolongaron más allá de término de duración del contrato, pero la EPS sólo le reconoció las que correspondían a 180 días.
Luego de verificar el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la acción de tutela, la Sala Séptima de Revisión constató que no se satisface el de subsidiariedad.
Con base en lo anterior, se confirma la decisión de instancia que declaró IMPROCEDENTE el amparo invocado.
No obstante, se exhortó al Congreso de la República para que legisle lo concerniente al pago de las incapacidades médicas superiores a 180 días, por enfermedades de origen común, en contratos de aprendizaje.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 18 de mayo de 2021 por el Juzgado
- Septimo. Civil del Circuito de Medellin, que confirmo el fallo de primera instancia del 20 de abril de 2021 emitido por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Ejecucion de Sentencias de Medellin, que declaro improcedente la tutela interpuesta por Erica Yuliana Zapata Giraldo en contra de la EPS Sura; pero por las razones expuestas en la presente providencia.
- Segundo. EXHORTAR al Congreso de la Republica para que legisle lo concerniente al pago de las incapacidades medicas superiores a 180 dias, por enfermedades de origen comun, en contratos de aprendizaje.
- TERCERO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.