T-268 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant German Fandiño·Respondent Nueva Eps Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se debió declarar improcedente porque la relevancia constitucional no es clara, existe otro medio de defensa judicial y no se acreditó el perjuicio irremediab
- Normatividad aplicable
- Procedencia excepcional
- Inexistencia por cuanto el pago de las incapacidades fue consecuencia de la orden de amparo
- Normatividad y jurisprudencia
- Marco normativo y jurisprudencial
- Reiteración de jurisprudencia
- Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El peticionario aduce que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales al negarse a reconocer y pagar las correspondientes incapacidades que le fueron generadas con posterioridad a los primeros 180 días.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el marco normativo y jurisprudencial relacionado con el pago de incapacidades superiores a 180 días y 540 días y se CONCEDE el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura80, en relación con el expediente de tutela T-7.692.912, según lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia adoptada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil-, el 9 de octubre de 2019, que confirmó la decisión proferida por el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de esa misma ciudad, el 2 de septiembre de 2019, mediante el cual se protegieron los derechos fundamentales al mínimo vital, vida en condiciones dignas, dignidad humana, salud y seguridad social del señor Germán Fandiño y, en consecuencia, se ordenó a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- que "reconozca y cancele, previa la acreditación correspondiente de su expedición, al señor GERMÁN FANDIÑO las incapacidades médicas posteriores al día 180 y las que generen con posterioridad al día 540, hasta el momento en que reciba la pensión de invalidez"; ADICIONÁNDOLA en el sentido de INSTAR al señor Germán Fandiño para que, si aún no lo ha hecho, acredite ante la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- las incapacidades referentes a los periodos comprendidos entre 4 de septiembre de 2019 a 13 de septiembre de 2019, 14 de septiembre de 2019 a 23 de septiembre de 2019 y 24 de octubre de 2019 a 31 de octubre de 2019, a fin de que la mencionada entidad, verifique si hay lugar a su reconocimiento y pago, siguiendo de cerca los lineamientos expuestos en esta providencia y sin más condiciones que las establecidas en este fallo.
- TERCERO. Por Secretaría General de esta Corporación, LÍBRENSE las comunicaciones a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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